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D B 1 tlSTl Cl.l 1" A. Cl O t'U.L

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 24 ID: fallos_24_38

Jueces

Barra Costa

Voces / Materias

CONTRATO

Texto del Fallo

D B 1 tlSTl Cl.l 1" A. Cl O t'U.L ñor Bruce confiesa en su uscrito de foja 50 ti foja 5t e que la << accion deducida por Unmayo no solo es exactamente igual, • siuó que es mas aún, el mismo caso, puesto que se funda en • los lllismos hechos que Bisso y en el mismo contrato que « l!ste • y por tanto con el mi ~mo derecho, y qno esta coufesion rendria á subsanar la diferencia de detalles 6 de prueba que pu- dieran establecer dirersidad dl! cusos . debiendo tenerse en cuenta que esta confosion ha sido prestada con conocimiento del juicio seguido por Ramnyo contra Bruce. Por estos fundalllentos y consideraciones aducidos, fallo de- clarando que Da,·id Bruce es deudor al demandante de la can- tidad ds 8f 4t O (cuatrocientos diez pesos fuertes) con sns inte- reses correspondiente desde el tlia de la demanda y que deberá snlis fac~r en cll~rmino tle dif•z 1.Jias contados desde la fecha de la notificacion que se hnrá original. con costas á la parte de- mandada. Repónganse los sellos. lsicloro .t lbarraci11. Fallo de la Suprema Cort e Buenos Aires, Febrero 14 de 1882. Yistos; no existiendo á juiciu de esta Corte temeridad en la defensa sostenida por la parte de Broce, se revoca la sentencia apelada de foja dosciento cincuenta y una en la parte en que condena 1\ al}uella en las costas del juicio.- Satisfechas las de esta instancia y re pues tos 1 os sellos, d cvuél rase. J. DOMINCOEZ. -O. LECUJUKOI'C. - ULADISL.\.0 FRUS. -S. K. llSP!tlR.