D B 1 tlSTl Cl.l 1" A. Cl O t'U.L
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 24
ID: fallos_24_38
Jueces
Barra
Costa
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
D B 1 tlSTl Cl.l 1" A. Cl O t'U.L
ñor Bruce confiesa en su uscrito de foja 50 ti foja 5t e que la
<< accion deducida por Unmayo no solo es exactamente igual,
• siuó que es mas aún, el mismo caso, puesto que se funda en
• los lllismos hechos que Bisso y en el mismo contrato que
« l!ste • y por tanto con el mi ~mo derecho, y qno esta coufesion
rendria á subsanar la diferencia de detalles 6 de prueba que pu-
dieran establecer dirersidad dl! cusos . debiendo tenerse en
cuenta que esta confosion ha sido prestada con conocimiento del
juicio seguido por Ramnyo contra Bruce.
Por estos fundalllentos y consideraciones aducidos, fallo de-
clarando que Da,·id Bruce es deudor al demandante de la can-
tidad ds 8f 4t O (cuatrocientos diez pesos fuertes) con sns inte-
reses correspondiente desde el tlia de la demanda y que deberá
snlis fac~r en cll~rmino tle dif•z 1.Jias contados desde la fecha de
la notificacion que se hnrá original. con costas á la parte de-
mandada. Repónganse los sellos.
lsicloro .t lbarraci11.
Fallo de la Suprema Cort e
Buenos Aires, Febrero 14 de 1882.
Yistos; no existiendo á juiciu de esta Corte temeridad en la
defensa sostenida por la parte de Broce, se revoca la sentencia
apelada de foja dosciento cincuenta y una en la parte en que
condena 1\ al}uella en las costas del juicio.- Satisfechas las de
esta instancia y re pues tos 1 os sellos, d cvuél rase.
J. DOMINCOEZ. -O. LECUJUKOI'C. -
ULADISL.\.0 FRUS. -S. K. llSP!tlR.