Y en seguida, despues de establecer que á fines del siglo
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 24
ID: fallos_24_69
Keywords / Subjects
DOMINIO
Ruling Text
de la conquhta pierden sti t•alor en. oran parte por ignorarse
loa parajes correspondientes á la antign11 nomenclatura , .
Y en seguida, despues de establecer que á fines del siglo
pasado el dominio de Córdoba alcanzaba solo basta el Tio,
cootin(¡a: e De suerlc que será lo mas acertado, el determinnr
el límite intcrpru\•incial en estas alturas por una recta trazada
desde el Quebracho Herrado hasta ol l>autano Grande, ú oea la
Laguna de los Porougo:), á donda se encuentran los términos
de las t res P rovincias. Pero Córrloba ocopó mas tarde el Can-
ton de los .llorleros, alcanzando la izquierda de la frontera
K orto de Santa-f'é hasta l'l fortín do los Tacurales, en cuya
posesion ha permanecido hasta ··1 a\'ance de esta frontera bácia
el X orlo; y par ere por consiguiente er¡wtativo r¡ue se rcspetf'n
las Prol)iucias múluaml'nlc m la poscsirm de estos p rmlos • .
Todo esto seria inosplicable y sin objeto, hablnudo ante jue-
ces do derecho y rcrsando la cucslion t:oimplcmentc subro los
límites primitivos de In fun dacic.o.
La C6rte, en virtutl di' todo lo que precede declara que no
hay mérito suficieuto pura procc,lt!r y fallar la cua'\lion con
.1rrcglo ñ rstricto derecho; y que en -rirtud de las facultades que
Jo acuerda el ccmprowiso debe asumir y usumo el carácter de
ár bi ro arbttrador.
Y considerando en tal car.ictor, f•riml'ro: Que, sobreponi.Jn-
closo como ltueda n o lad~>, los términos primiti\'OS de Córdoba y
de
a.nta-.Fé, los llmi le~ act.ualc.s deben determinarse por la
posesiou perrnanentí', de lurgo 1 icmpo, y consentida 6 no con-
tradicha por las partos interesadas.
Segu11do: Que es un hec11o bil•u e ·taulecido que la Cañada de
San Antonio y el Arroyo de las Tortugas basta su contlueocia
con el Rio Tercero han separado las dos provincias mencio-
nadas, desdo largo tiempo atrás ltasta el presente.
Tercero: Que la existencia de estn línea de separacion ha
sido reconocida por el representante de la Pro\ 1ncia de Santa-