JUlo nlallfo ' la indemniuefoa.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 24
ID: fallos_24_85
Jueces
Costa
Voces / Materias
DELITO
Texto del Fallo
il ... l .. ele Pu, deben Mur la Wllbien para eonocer del
JUlo nlallfo ' la indemniuefoa.
Dloe el Sr. Jan de Seccion que el título S. eapftulo 4, libro t,
1100loa ta, del Código Cilil con/iffe ci la aecion civil, por in-
~"
de dañol cauaad01 por el delito, una naturale::sa
Mltillca ~ intkptradiente tk la cn'rninal cuando tlla se ejercita
Mle jt~riltliceioraa di(ermtea, de 14l manera que en este ct.Uo no
fiiiÍIÑ entrt ambal aecioran la relacion de auesona ó principal.
Ea esto cierto. El Sr. Juea ol'fida, empero, que el Código
Cinl solo H refiere á la jurisdiccion comun, civil y criminal,
6Dieu sobre que lejisla, 1 no á la jorisdiccion federal, juria-
clieoion de exeepcion. regida única y 81Ciusivamente por leyes
•peclalea del Congreso.
La c.uestion de indemnizacion podría traerse á la justicia
CiTO de la localidad, oon absoluta independencia de la accion
ariainaJ, pero no ' la justicia federal, que no puede traer '
jaioio clirec&a ni indirectamente los procedimientos de la auto-
riWtt 4t 111 Provincia~,. tilló en cuuto se relacioueo con loe
clereehos 6 intereses de la Nacion.
Pido, por lo eapoeato, se sina V. E. revocar la sentencia
apelada.
Eduardo Costa .
................... .,....
Bllenoa Airea, Abril 18 do! 188t.
Viatoa: por sus fundamentos se confirma con costas el auto
apelado de foja ninte 1 cinco vuelta. -
Satisfechas las de la
instancia 1 repuestos los sellos, de•u~lvanae.
J . B.GOIOS~GA.-I.DOIDftGUIZ.--
0. LIGUIIA.OR.- tJUDIILAO RJAI.
& ••• LASPIUI.