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JUlo nlallfo ' la indemniuefoa.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 24 ID: fallos_24_85

Jueces

Costa

Voces / Materias

DELITO

Texto del Fallo

il ... l .. ele Pu, deben Mur la Wllbien para eonocer del JUlo nlallfo ' la indemniuefoa. Dloe el Sr. Jan de Seccion que el título S. eapftulo 4, libro t, 1100loa ta, del Código Cilil con/iffe ci la aecion civil, por in- ~" de dañol cauaad01 por el delito, una naturale::sa Mltillca ~ intkptradiente tk la cn'rninal cuando tlla se ejercita Mle jt~riltliceioraa di(ermtea, de 14l manera que en este ct.Uo no fiiiÍIÑ entrt ambal aecioran la relacion de auesona ó principal. Ea esto cierto. El Sr. Juea ol'fida, empero, que el Código Cinl solo H refiere á la jurisdiccion comun, civil y criminal, 6Dieu sobre que lejisla, 1 no á la jorisdiccion federal, juria- clieoion de exeepcion. regida única y 81Ciusivamente por leyes •peclalea del Congreso. La c.uestion de indemnizacion podría traerse á la justicia CiTO de la localidad, oon absoluta independencia de la accion ariainaJ, pero no ' la justicia federal, que no puede traer ' jaioio clirec&a ni indirectamente los procedimientos de la auto- riWtt 4t 111 Provincia~,. tilló en cuuto se relacioueo con loe clereehos 6 intereses de la Nacion. Pido, por lo eapoeato, se sina V. E. revocar la sentencia apelada. Eduardo Costa . ................... .,.... Bllenoa Airea, Abril 18 do! 188t. Viatoa: por sus fundamentos se confirma con costas el auto apelado de foja ninte 1 cinco vuelta. - Satisfechas las de la instancia 1 repuestos los sellos, de•u~lvanae. J . B.GOIOS~GA.-I.DOIDftGUIZ.-- 0. LIGUIIA.OR.- tJUDIILAO RJAI. & ••• LASPIUI.