H I'UI'IICIA IACIOOL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 24
ID: fallos_24_116
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
H I'UI'IICIA IACIOOL
fueron demorados varios meses para CArgar; en que por eau
causas tuvieron que aceptar la resoision de un contrato de
venta de carne que les destruyó la utilidad que ya tenia
conseguida; en que se desmejoró la carne por esa larga demora
en estar cargando, lo que le produjo bajas en el artículo en el
mercl\do estranjero; en que ltabiendo sido el contrato sobre
Jn(J$ ó me11os por ~.000 quintales de carne existente en t>l ea•
tablecimiento de saladero, lo que queria decir que debiaa
preparar y elaborar para entregar y que sit>ndo así el contrato
sobre esa suma do quintales ma.'J ó me11os, los demandante•
tenían el derecho á que se les entregara el ~ % mu de
los ~.000 quintales si babia como hubo mas que esa sama 1
que en lugar de entregárselos en la misma époo1 en que e•ta·
bao encargándolos los demandantes Pon ce y C•, los demanda·
dos Doggan uno• la vendieron á un señor Ocboa con uaa ra-
na;ncia do siete real4.'s fuertes oro el quintal y que ese W> o¡•
mas de los 20,000 quintales por habt>rse pactado masó mmos,
era la tolerancia de costumbre en todas las ventas Ci)dlO tltu
y ellos demandaban como suyos siete reales fuertes oro por
cada quintal que faltó á el entero de Jos ~.000 quintalea, 11111
el 20 Ofo de la carne que sobrab11 y existía al último tiempo de
la entr4.'.ga, siendo esa suma de quintales que retuvieron loa
demandados 6 de que usaron, de .t,!75 quintales. La amplia-
cion de la demanda de f. t y á f. 27 cambiando su nombre ele
nladias por la multa del coutrato, está fundada únicamente
en la demora de haber entregado la carne. Los demaadadoa
conteataron la demanda principal ' f. !3! 1 la ampliacioa '
f . tt6 y juntas ambas repuestas, como deben tratarse por 111
la. misma cosa y por lo que vá dicho, resultar': que Jos deiUil•
dados dedujeron las excepciones de cota juzgada en loe aa&oe
de Duggan H110• contra Ponce 1 C• en el Ju1gado de Comercio
de la Provincia; falsedad de loa hechos alegados por la d ..
manda 1 que de la demora eran reaponsables loa demandu&et.