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H I'UI'IICIA IACIOOL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 24 ID: fallos_24_116

Voces / Materias

CONTRATO

Texto del Fallo

H I'UI'IICIA IACIOOL fueron demorados varios meses para CArgar; en que por eau causas tuvieron que aceptar la resoision de un contrato de venta de carne que les destruyó la utilidad que ya tenia conseguida; en que se desmejoró la carne por esa larga demora en estar cargando, lo que le produjo bajas en el artículo en el mercl\do estranjero; en que ltabiendo sido el contrato sobre Jn(J$ ó me11os por ~.000 quintales de carne existente en t>l ea• tablecimiento de saladero, lo que queria decir que debiaa preparar y elaborar para entregar y que sit>ndo así el contrato sobre esa suma do quintales ma.'J ó me11os, los demandante• tenían el derecho á que se les entregara el ~ % mu de los ~.000 quintales si babia como hubo mas que esa sama 1 que en lugar de entregárselos en la misma époo1 en que e•ta· bao encargándolos los demandantes Pon ce y C•, los demanda· dos Doggan uno• la vendieron á un señor Ocboa con uaa ra- na;ncia do siete real4.'s fuertes oro el quintal y que ese W> o¡• mas de los 20,000 quintales por habt>rse pactado masó mmos, era la tolerancia de costumbre en todas las ventas Ci)dlO tltu y ellos demandaban como suyos siete reales fuertes oro por cada quintal que faltó á el entero de Jos ~.000 quintalea, 11111 el 20 Ofo de la carne que sobrab11 y existía al último tiempo de la entr4.'.ga, siendo esa suma de quintales que retuvieron loa demandados 6 de que usaron, de .t,!75 quintales. La amplia- cion de la demanda de f. t y á f. 27 cambiando su nombre ele nladias por la multa del coutrato, está fundada únicamente en la demora de haber entregado la carne. Los demaadadoa conteataron la demanda principal ' f. !3! 1 la ampliacioa ' f . tt6 y juntas ambas repuestas, como deben tratarse por 111 la. misma cosa y por lo que vá dicho, resultar': que Jos deiUil• dados dedujeron las excepciones de cota juzgada en loe aa&oe de Duggan H110• contra Ponce 1 C• en el Ju1gado de Comercio de la Provincia; falsedad de loa hechos alegados por la d .. manda 1 que de la demora eran reaponsables loa demandu&et.