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D& 11JITICIA lUCIOftAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 24 ID: fallos_24_128

Jueces

Costa

Voces / Materias

CONTRATO

Texto del Fallo

D& 11JITICIA lUCIOftAL •.a•• tlel ol•e• •• -.et .. 1 Buenos Aarea, Setiembre 10 de JfB>. Vistos estos autos seguido por Don Remigio Rigal, contra Don Antonio Santa Maria y .r esultando: t oQue en t7 de Julio de t878 se presentó Don Manuel Na- veira, en represent11cion de Don Remigio Rigal, manifestando que su poderdante llabil'ndo cell.'brado con Don Antonio Santa Maria un contrato de compra-venta en l"irtud del cual este se comprometió á entrugnr á aquel de su saladero cXuero Pay- sandú • iO.OOO quintales de c:lrne ttlsojo aparente para la H~t­ bana, de buena calidad, bien beneficiada, en buena sazon y estado de embarque, libres dtJ carcomas y de toda clase de a\·erías al precio de treinta y nut'l\"e reales fuertes oro sellado por quintal de iOO libras castellanas, puesto al costado del baque, libre para el eompru•lor de todo gasto incluso derecho• de esportacion y lancbage, obligándose el vendedor á efectuar la entrega completa ó total d~ la carga en su saladero t.Noe•o Paysandú• dentro del término de cincuenta y cinco dias á con- tar desdo aquel en que el comprador tlt\"icra el buque listo para la carga en el fondeadero del predicho saladero; que el Señor Santa Maria, una nz cargados cinco mil quiutales en el bergantín cSourrise•, y dos mil quintales y pico en el •Hugo•, babia pretendido entregarle carnes picadas, y por consiguiente fuera de las condiciones del contrato que establecía que el art(· culo seria de buena calidad, buena sazon y en estado de em- barqut', etc., cuya circunstancia le babia obligado ' suspender el recibo, con el fin de demandar al nndedor vencido el tér- mino confenido, como lo hacia, para que con arreglo al artículo 5a4 del Código de Comercio que le obligaba ' cumplir el con- trato dentro del término de diez diaa, con indemnizaciones de