Hasta en el :eglamento para el procedimiento arbitral sancio-
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 24
ID: fallos_24_203
Keywords / Subjects
NULIDAD
Ruling Text
lGI 'rbit?os, pero esto no eaoluye los reeu·raos Jegalea ouando
aaeede lo contrario.
Hasta en el :eglamento para el procedimiento arbitral sancio-
nado por el instituto de Derecho Internacional en la sesion de
t875 en Ginebra, se encuentra en uno de sus artículo¡¡ una dis·
poaicion semejante, pero en sl:'guida v.iene el artículo treinta y
dos que dice :
e J,a sentencil' arbitral debidamente pronunciada puede ser
atacada de nulidad :
e Primero. Si el compromiso no ha sido concluido valida-
mente etc ;•
e Sesto. Si el Tribunal arbitral ha excedido los límites de la
compet('ncia que le daba el compromiso; •
e Sétimo. Si el Tribunal arbitral ha acordarlo por su decision
á la parte adversa 01as do lo que ella pedía; ,
>:" siguen otTas muchas causas de nulidad.
Así es que, aun persistiendo en considerar el presente como
un11 especie de arbitraje internacional, del ponto de vista dt' la
equidad y de la razon natural no puede negarse el derecho de
promo\'er un nuevo ellimen y la revision de una sentencia
arbitral, que se afirma haber sido dictada en cootraveocion
de lus estipulaciones del compromiso mismo del que los árbitros
derivan su jurisdiccion.
};ntre };stados independientes que no se hallan atmetidos á
una jurisdiccion comun, cada uno de los compromitentes está
facultado para apreciar segun su solo criterio, si ha habido 6
no exceso en el ejercicio del mandato conferido á los árbitros y
si hay fundamento bastante para resistir el cumplimiento del
laudo arbitral.
Pero tus Provincias compromitentes son, por el contrario,
entidades que se encuentran sometidas por la Constitocion en
sus relaciones joddic&ll á la jurisdiceion de esta Suprema
Corte de Justicia, y en este caso ni siquiera uis ~e el gT&.e y