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Hasta en el :eglamento para el procedimiento arbitral sancio-

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 24 ID: fallos_24_203

Keywords / Subjects

NULIDAD

Ruling Text

lGI 'rbit?os, pero esto no eaoluye los reeu·raos Jegalea ouando aaeede lo contrario. Hasta en el :eglamento para el procedimiento arbitral sancio- nado por el instituto de Derecho Internacional en la sesion de t875 en Ginebra, se encuentra en uno de sus artículo¡¡ una dis· poaicion semejante, pero en sl:'guida v.iene el artículo treinta y dos que dice : e J,a sentencil' arbitral debidamente pronunciada puede ser atacada de nulidad : e Primero. Si el compromiso no ha sido concluido valida- mente etc ;• e Sesto. Si el Tribunal arbitral ha excedido los límites de la compet('ncia que le daba el compromiso; • e Sétimo. Si el Tribunal arbitral ha acordarlo por su decision á la parte adversa 01as do lo que ella pedía; , >:" siguen otTas muchas causas de nulidad. Así es que, aun persistiendo en considerar el presente como un11 especie de arbitraje internacional, del ponto de vista dt' la equidad y de la razon natural no puede negarse el derecho de promo\'er un nuevo ellimen y la revision de una sentencia arbitral, que se afirma haber sido dictada en cootraveocion de lus estipulaciones del compromiso mismo del que los árbitros derivan su jurisdiccion. };ntre };stados independientes que no se hallan atmetidos á una jurisdiccion comun, cada uno de los compromitentes está facultado para apreciar segun su solo criterio, si ha habido 6 no exceso en el ejercicio del mandato conferido á los árbitros y si hay fundamento bastante para resistir el cumplimiento del laudo arbitral. Pero tus Provincias compromitentes son, por el contrario, entidades que se encuentran sometidas por la Constitocion en sus relaciones joddic&ll á la jurisdiceion de esta Suprema Corte de Justicia, y en este caso ni siquiera uis ~e el gT&.e y