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Corrienlea, Mano SO de 18tH.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 24 ID: fallos_24_207

Keywords / Subjects

COMPETENCIA PROPIEDAD DELITO

Ruling Text

.,.. ................. . Corrienlea, Mano SO de 18tH. Y •iat.oa: Besu~ta de estos autos que D. Víctor Navajas en- tabló formal demanda contra el actual Gobernador de esta Pro· YiDcia, D. Antonio B. Gallino, para que se lenntaae el embargo preYentivo de sn establecimiento de campo, denominado e Yuetta clel Ombú, ordenado por el Juez de Paz de Santo Tomá á soli- citud de D. Simon Derqui, apoderado de Gallino; corrido el &rulado de la demanda este ae presenta por medio de su apo- derado D. Josá Boaaano oponiendo excepcion de incompetencia ele este Juzgado fundado: to En que Nanjas ha perdido la oiudadaofa oriental por haber ejercido en esta República el empleo de Recepto1 de Rentas Nacionales, y to Porque la causa que moti•ó el embargo, ea por aa nataralea1 de competencia de loa Tribunales Pro•incialea, por cuanto au apoderado gestio- naba ante el Jaez de 1' Instancia de Paso de los Libres, en csaya joriadiccion esU domiciliado Nanjaa, el castigo de delitos coaae&idoa por este contra la propiedad de aquel; corrido tru- Jado de la excepcion, Nataju insiste en sostener la competen- cia de este Juzgado. tanto por la calidad de las personas como por la naturaleu de la causa, y en un otrosí. pide se libre olcio al Juez de t• Instancia de Librea para que se abstenga ele entender en la cansa que la parte contraria aae•era haber entablado ante ál, porque aunque no tiene conocimiento de esa deaaanda, cree que ratificarla lo hecho por el Juez de Paz de Santo Tomá. Y considerando: Prinuro: Que la primera excepcioo, de haber perdido Navajas la ciudadaufa oriental por haber ejercido en eata República un empleo público, ain consentimiento de ea Gobierno, uo tiene