DI IUI11CIJ. tUaORAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 24
ID: fallos_24_256
Keywords / Subjects
ADUANA
Ruling Text
DI IUI11CIJ. tUaORAL
1\ESOLtiCIOl' DEL ADIIL-,ISTl\ADOR DE ADUAl'C.\
Baenoa Ajrea, Diciembre 31 de 1881.
No sit>nrlo ncPptnbles las raz()nes C)llb se fundan en el d()CU·
mento ó 1. 3 por eunnto este no está cumplido, y por conai-
gnit>nle no confirma lo emharc:uto.- Por tanto y con nrrt>glo
al nrtículo 980 •le la OrJenunzas de Aduana, ¡•águese dobles
derechos soLrl' los cueros flenunci.t•h.u . -
H;\gase saber y fecho
pase á Contadurí.1 á su:> edl'Cif.O!; á f.1vor del escri b~eo te •Cas-
tillo, quien n'pondrá los sellos.
Luis Amadeo.
Mediondu reclamó, alegando que la guía estaba con arreglo
á las leyes del Paraguay.
RESOLl:CIOlC UEL
A ll MI~l STI\ADOR DE 4DUAI'CA
Buenos Aires. Enero ~S de 1~.
En fi ~ ta del informe que antecede, y á pe.;ar de ser admisible
el documento de f. 3. estando el prt>scnte caso incluido en lo
dispuesto en lo artículos 485 y 48U de las Ordenanzas de
Aduaun y no en los fu ndnmc•1tos que erradamente siHicron de
base á la rt>solucion de 3t de Diciembre del uiio ppdo. Por
tanto, usando do l.ts facultades que contiene el artículo t056
de las Ordenanzas de Aduana se conmuta la pcnt\ de dobles
derechos por una multa del 5 ''/o solJre el valor de la dife·
re ncia.
H{lgase saber y fecho pase :i Contaduría á los efPctos indi-
cados en la resolucioo de f. 2 prévia reposicion de los sello•
por la casa.
J. Luis .4madeo.
Meodiondu apeló.