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DI IUI11CIJ. tUaORAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 24 ID: fallos_24_256

Keywords / Subjects

ADUANA

Ruling Text

DI IUI11CIJ. tUaORAL 1\ESOLtiCIOl' DEL ADIIL-,ISTl\ADOR DE ADUAl'C.\ Baenoa Ajrea, Diciembre 31 de 1881. No sit>nrlo ncPptnbles las raz()nes C)llb se fundan en el d()CU· mento ó 1. 3 por eunnto este no está cumplido, y por conai- gnit>nle no confirma lo emharc:uto.- Por tanto y con nrrt>glo al nrtículo 980 •le la OrJenunzas de Aduana, ¡•águese dobles derechos soLrl' los cueros flenunci.t•h.u . - H;\gase saber y fecho pase á Contadurí.1 á su:> edl'Cif.O!; á f.1vor del escri b~eo te •Cas- tillo, quien n'pondrá los sellos. Luis Amadeo. Mediondu reclamó, alegando que la guía estaba con arreglo á las leyes del Paraguay. RESOLl:CIOlC UEL A ll MI~l STI\ADOR DE 4DUAI'CA Buenos Aires. Enero ~S de 1~. En fi ~ ta del informe que antecede, y á pe.;ar de ser admisible el documento de f. 3. estando el prt>scnte caso incluido en lo dispuesto en lo artículos 485 y 48U de las Ordenanzas de Aduaun y no en los fu ndnmc•1tos que erradamente siHicron de base á la rt>solucion de 3t de Diciembre del uiio ppdo. Por tanto, usando do l.ts facultades que contiene el artículo t056 de las Ordenanzas de Aduana se conmuta la pcnt\ de dobles derechos por una multa del 5 ''/o solJre el valor de la dife· re ncia. H{lgase saber y fecho pase :i Contaduría á los efPctos indi- cados en la resolucioo de f. 2 prévia reposicion de los sello• por la casa. J. Luis .4madeo. Meodiondu apeló.