PALLOI D& LA 8UHIIIA COilft
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 24
ID: fallos_24_265
Judges
San Roman
Sau Homan
San Homan
Keywords / Subjects
CONTRATO
Ruling Text
PALLOI D& LA 8UHIIIA COilft
e ao •ubiesen cubierto el t1alor total de los adelantos, 101 inte-
• reaea y el 8nldo ~ue resulta de ~as cuentas de venta de eJes
e remitidas, reconocerán el interés del t8 °/ o anual sobre el
e 1aldo ¡ lo cual no deja l1Cgar á duda sobre la verdlldera inte-
e lige noia de estas est i pu lacio o es que es la que Treloar les ha
e dad!() en el lugar citado , .
5° Que aunque en general pudieran considerarse prohibidas
las ca.pitalilaciones por los laudos de los Doctores San Roman
y Cortez mas allá de las que espre·amente estuviesen estipu-
ladas en los contratos, la Cllpitalizacion de intere es fijados al;)()
de Junio del 76 para acreditar n, saldo líquido de la cuenta
general el interés del 18 °1 0 anual, debe reputarse como espre-
aamt-ote estipuiado en el mencionado contrato de 5 de Abril de
t875, por cuanto no se comprende cómo podría hacerse esa
liqnidar.ioo g<' rlt:ral de antiripos, iutl•roses, etc .. sin capitalizar
para arreditar desde la fcdu& de e a liquidacioo á su saldo
liquido, ei interés del18 o .. hast11 la cnm1elaoion del crédit o.
6° Que la liquidncion practicada por el perito Reyes, refe-
rente á las partitlu; 11.:1 /Jebe y 1/abcr del 2" y 3° contr,Lto de
su cuenta do f. 19 á 21, tiene el error dl• habt:rla cerrado (con
intereses corrientes y recíprocos romo está ordenado) el 28 de
Abril del corriente aiio, <' 11 vez del !m de Junio del 76, pnra
imputar á so saldo líquido el ·18 o, u anual, segun lo resuelto
por el citado laudo del Dr. Sau Homan en su considerando 24
del 5° cuerpo dt· auto .
7" Que el perito Reyes al cerrar ~ us cuentas del2° y 3er con-
trato, para la liquidacion general, con fecha 28 de Abril del
corriente aiio, en 'fCZ de hacerlo, ron fecha 30 de cfunio del 76,
ba incurrido en un error e\·idcnlc en la aplicacion del laudo
arbitral del Dr. San Homan, en su con:.idl'rando 42: to porque
dicho hwdo olo ordena que Sl' acredite su inter~s corriente en
pró 6 en contra de los·demaudatlos, al saldo liquido que resul-
tare de la liquidJrion gerwral (y no de la parcial de uno 6 dos