Bueno• Airea, Mayo r7 de 188t.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 24
ID: fallos_24_278
Voces / Materias
COMPETENCIA
Texto del Fallo
.......... _w. .....
Bueno• Airea, Mayo r7 de 188t.
N ot.ando el J ozgado al estudiar esta causa para resolver sobre
las excepciones opuestas en el escrito de f. •i. que el fuero
federal 6 que se halla sometida procede de la distinta vecin-
dad de los litigantes. siendo la actor& de Córdoba y el ejecu-
tado de esta Ciudad.
Y considerando : Que esta causa de competencia del JUJ-
gado Federal de la Capital ba desaparecido por la ley del Con-
greso de t5 de Diciembre de t881, quedando por consiguiente
sometidas las cuestiones de esa natur:lleza al fuero co-uo.
Que en tal sentido tratándose de una obligacion civil y eatan4o
el demandado domiciliado en t-ata ciudad, su conociaaiento
corresponde al Juez de lo Civil en turno.
Por estos fundamentos, el Juzgado se declara incompetente
r remítase este espedientt.> y ·el de tercería promovida por D.
Manuel de la Serna, á quien corresponda, pr~vio pago de cos-
tas y reposicion de sellos.
Tedin.
El demandante rt>clamó pidiendo revocatoria, y apelando rn
subsidium.
& ............ re. ... .
Buenos Airea, Junio jO de l88i.
Considerando: t u Que los Jueces de Seccion no conocen
sioó en las causas que espresamento determina la ley como de
su competencia, porque la Admioistracion de Justicia está re-
senada por principio gencr11l á los tribunales locales oreados
por los Estados particulares.