DE IUSTICIA !lACJOI'tAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 24
ID: fallos_24_286
Keywords / Subjects
DAÑOS Y PERJUICIOS
Ruling Text
DE IUSTICIA !lACJOI'tAL
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de Cuadros y sus hijos menores, Ricardo, Rosario, Celia y
Elvira Bustos en su calidad !le herederos d ~l fina,Jo e~ p oso de
la primera don Eugenio Bustos, por cobro de la canti•lud de
cuatro mil ochocieutos cincuenta y siete pesos sesenta y un
ccntll\"OS oro, y lo· intcrrsrs ni uno y medio por ciento men-
sual desde el once de Junio de mil oclloliéutos seseuta y cuatro
basta su aítctivo abono.
Funda su accion el dt·mandant e. rs1•rrsando que en los j u icioe
por cobro de pesos, daños y perjuicios srguirlos por su pnrte
eon el espn·sado señor Bustos, nnte este Juzga,Jo y linidos por
sentencia de la Suprema rortc !le llit•z de Junio di.' mil ocho--
eientos setenta y tres, fuó tlerluraJo ~ 1 arn:edor de Bustos,
entre otras cantidades de In lie cuatro mil ochocientos cincuenta
y siete pesos sesenta y un ccntaros oro sa espresatla, como
saldo del crédito á que se refil•rc la escritura hipotecaria de que
emanaron dichos juicio,;, segun resulta de la t uentn presPutada
de comun consentimiento de interesadus y aprobada judicial-
muote corriente á f. 272 del e pedieute número t2, referentes
! dichas cuestiones.
Que esta suma por la cual inició en oportunidad juicio eje-
cuti,·o contra Bustos, fué en últ iwa instancia declarada com-
pensada con otra r:1ayor do que á su H~7. babia resultado acreedor
Bustos, en juicio separado, que por daños y perjuicios seguia
este en su contra.
Quo est.o no obstante al practicnrse la lir¡uitiacion ó balance
final de los créditos de una y otra parte, ante la Suprema Co;te
de Just.icia á la cual hallia sido elerado el espt'diente relatiro
por apelacion de la 11entencia do primt'ra instancia, dich1l par-
tida no fué incluida, siéndolo sin emb;ugo en su t~tulid ad el cré-
dito de Bustos con el cual haiJia sitio rompe n ~;:uto.
Finalmente, que con rstos antecedente ·, y habiendo de su
parte sati ~ fechll ya 1Í Bustos el saltlo resultl\nte en su contru Je
la liquidacion practicada ante 1., Suprema Corte, saldo que Cué
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