D& .IUinCIA lUCIO!UL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 24
ID: fallos_24_292
Judges
Costa
Ruling Text
D& .IUinCIA lUCIO!UL
reses ae pretende, primero, al 31 de Agosto de t867, fecha '
la cual se hizo la capitalizacion por la sentl}ncia antes citada '
favor de lo:; tlcmauda•los y dcspues al 23 de Octubre de t873,
fl•l·ha eu que se hizo abono por el denund,anle de capital é inte-
reses á los d ~m .andad o5 , es igualmente lejíLim'\ por la recipro-
cidJd que debe guardarse entre ambos interesados.
l'or estos fundamentoi y considerando además por una
parte, que cuJlquiem que sea el mérito á fa\'or de los dcman-
dados del acta final de f. 303, ella no acredita sin embargo
bastantemente el pago por aquellos de la cantidad en cuestion,
tanto meuo:1 si se ticncn presentes las reservas hechas al r~s
pecto por lo · mismos demandados, y por otra que la prescrip-
cion all'gad 1 no apurel"e tampoco de manE-ra alguna cumplida;
detinith·umcute juzgando, declaro que los demandados como
sucesores y reprl'senltwtc · de don Eugenio Ilusto;:; están obli-
gados á abonar al dtJllluullantc y ul'IJl'fl entregar ni mismo en
el término tle diez di.ts la suma de cuatro mil ochocientos cin-
cuent.a y sietP peso· sE-senta y un cent11vos boliTianos, con sus
intl'rE'ses al uno y medio por ciento mensual á contar desde el
1 t de Junio lle
t ~64 hastu ·u efectivo abono, capitalizando al
31 de A:;o,;tu de tij67 y al 28 de Octubre de 1873.
Sin espl•cial condcnadou l'll costas. -
~otifíquese con el
orijiual y repúujlase el papel.
A. de la Torre.
La suceqion de Bustos apeló, y ante la Corte espuso qut lo
obmtJo era nulo por tratarse d ; nn juicio coutra una sucesioo.
que por l••r corrl'S JlOnde á los jueces lol"ull's, y por no haber
interTeuido eu él el llioisterio du Menores.