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U MJPIIIü COl\ft

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 24 ID: fallos_24_293

Judges

Mendoza

Ruling Text

FALLOI H U MJPIIIü COl\ft VISTA DEL SEftOR PROCtJRADOI\ GDER.U. Suprema Corte: Don Claudio Manterola siguió con dou Eugenio Bustos un reñido pleito sobre cobro de créditos recíprocos. Al fin terminó eate pleito por una liquidacion en que estos créditos fueron tomados en cuenta y compensados, r<•sultando un saldo á fafor de Bustos. Manterola pagó este saldo y juzgando que este crédito no babia sido traído á la compensncion á que se ha hecho refe- rencia, ocurrió á la justicia reclamando su abono. En este intérvalo Hustos babia fallecido, y Manterola rt>pre- aeotado por don A. J?ernandez, se presentó en su calidad de eatraojero ante el Juzgado Federal do Mentloza, tlemandando á la Yiuda y herederos del citado D. F~ . Bustos, naturales y ve- cinos de dicha Provincia. Ea fuera de toda discusion que esta nueva demanda fué mal encaminada desde su primer paso. Debió ser elln precedida ó acompariada de la declarncion de loa herederos contra quient>s se dirijia; y V. E. ha declarado jtUla. declaracion de herederos hace parte del juicio universa ~ de 1ucesion; juicio que como es notorio atrae á si el conoci- miento de todas )as causas que interesan á )a SOC(>SÍOn, cual- quiera que sea la nacionalidad 6 recindad de Jos directamente interesados en ellas. (Causa I.U, Sórie 2", t . 3, p. 488; inc. 1°, art. t~. de la Ley de Jurisdiccion). No se niega por parte a ... Manterola que el conocimiento de uta demanda corresponde á los tribunalu de la prorincia de .Mendoza. Pero se dice que habiendo Jos herederos de Bustos contestado i la demanda, la jurisdiccion del Juzgado de Seccion ha sido proro¡ada.