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DE IIJinCIA IUCIOIUL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 24 ID: fallos_24_332

Jueces

Costa

Texto del Fallo

DE IIJinCIA IUCIOIUL 387 capítulo -e De lo dn.t/o e1t dayo de lo 'fUellO se clebc '• del Cócligo Civil. Por estos fand!lml•olo!'. la ('orte revoca la "L'nlenci 1 npclada de fojas ... y ordena la tle\·olucion al demandante de la · urna á que alcancen las partld.L:, ;Í que ::.e ha hrcho arriblL rcfcrent:ia, como pagarlo rontro. lo jozgntlo y sentenriadu. Hati11fccbas las costas tle cstct in'>lancia y re p • •e ~ to , ln' sellos, devut"lvanse lo· auto)!. J . h. COI\OSfiAI.,\ . - J . IIOMINCl'EZ. -- l!LAOISLAO FR IA!'. l'. M. LASPIUR . ( ' .l U 8 .\ J.~ X D. José Rlanc contra la Empre.m dt>l f'crro-(a rril á Campana; sobre estimacilm de cúulos y perJuicios Sumario.- to El silencio tlel demandado respeoto á deferirso al juramento estimatorio del demandante el importe de los perjuicios sufridos debe considerarse como asentimiento.