← Back to results

Jucione3 de Jos .Admioi tradores de Aduana, para reparar los

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 24 ID: fallos_24_373

Keywords / Subjects

ADUANA DAÑOS Y PERJUICIOS

Ruling Text

FALLOI DI U 80PUIIA COilTI cion, que los Jueces de Seccioo solo pueden conocer de las reao- Jucione3 de Jos .Admioi tradores de Aduana, para reparar los agravios que pudieran haber inferido á los parti culare~. en vir- tud dt>l recurso de apelaciou en los ca:os que la lry tlelerminn, cuyo recurso no se b.1 deducido; no ba lugar ti la re,·ocatoria que se solicita en el escrito de f. i 1, y se concede en rclaciou la apelacion subsidiariamente interpuesta, remitiéndose lo~ autos á la Corte Suprt>mu con el correspondiente oficio. rirg iho Teili11. VISTA DEL SEROR PROCURADOII GENER.\L Suprema Corte: El tO de Marzo próximo pasado, el Administrador de la .~duana de Buenos .:\ires m:md6 trabar embargo en \'arias lan- chas pertenecientes á los señores Bertrllacbe y C• deudores á la misma Aduana por la suma de Sf. 80,000. El dia ::liguiente las lancha:; fueron embargadas. Inmed i&tamente los sei1ores Torrado y Molero se presenta- ron al mismo Administrador, red amando de esta resolucion y pidiendn la entrega de hls lauchas, que dicen pertenecerlrs por haberlas comprado á los referidos Ht!rtolache y C• el dia 7 de Marzo, es decir tres dias nntl'~ del embargo. Esta reclamacioo parece haber sido hecha vrrbalmente, y se- guu res ultad~ la esposicion de los interesados no tufo resul- tado. Ocurrieron entonces al Juzgado di! Seccion, demandando al Administrador de Aduaua por daños y perjuicios, y pid iendo la entrega de las lanchas. El Juzgado corrió traslado de 11 drmanda, y se declaró incom- petente pan conocer del desembargo y embargo de las lanchas.