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Bueno• Aires, Junio 3 de 188!.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 24 ID: fallos_24_387

Texto del Fallo

ru..O. •u avPaiiiA cona ..................... Bueno• Aires, Junio 3 de 188!. Vistos estos autos seguidos por D. Calvino Barker en repre- eentaoion de su señora madre D• Jos~fa Leal de Barker contra D. Juan. Bautista Sivori por cobro de pesos, y contra- demanda de este por iguc&l causa. Resulta: t o Que con fecha t 4 de J olio del año i 877 ocurrió al Juzgado dicho D. Calvino Barker es poniendo : t oQue si~ nd o administrador nombrado por su señora madre D• Josefa Leal de Barker, de los bienes quedados al fallecimiento de D. Eduardo Barker de quien esta fué declarada única y universal heredera, le presentó D. Juan Bautista Sivori dos vales tlrmn- dos por el causante por valor de. treinta mil pesos moneda cor- riente uno, y de veinte y cinco mil pesos de igual moneda el otro, manifestándole que era acreedor por esas cantidades; y que no teniendo en ~se momento motivo para dudar d<e la vera· cidad de Sivori ni para sospechar que se le cobrase ind~bida­ mente una supuesta deuda, y constándole por otra parte que entre el causante y Sivorí habían existido relaciones de nego- cios, le entregó algunas cantidades á cuenta; pero, que exami- nando los libros ·de la casa y por conferencias tenidas eon Sivori, se babia convencido de que lejos de ser este acreedor era deudor. !'» Que en Enero del mismo año le había presentado 1 entregado una cuenta corriente igual á la de t. 3 y .J, por la eual resulta Si\'ori deudor de cuarenta mil seiscientos veinte y eiDco pesos; que durante tres meses esperó alguna contesta- cion, 1 suponiendo que su silencio importaba una aceptacion le uiji6 el pago de ese saldo á lo que se babia negado Sivori sos- teniendo que era acreed'Or, pues los vales existian en :su poder. 8° Que en tal vjrtud y fundado ton estos antecedentes venia á •