D& 111BnCü IUCIOIUL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 24
ID: fallos_24_408
Texto del Fallo
D& 111BnCü IUCIOIUL
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dieron á la venta en privado de la mercadería, propendiendo
despues de verificada por medio de la informaciou corriente i
fojas ... constatar la razon de ella y justificar asf 1t posrerion
sus procedimientos.
3° Que tal iuformacion como el resto de la prueba producida
por los demandantes, que rechaza y hace inadmisible, como
tardíamente producida por disposicion contenida en la última
parte del artículo 353 del Código de Comercio antes citado, no
acredita por otra parte que el estado de la harina fuera tal que
dispenscna á los demandantes y aun impusiera á su solicitud y
diligencia por los interéses de sus comitentes la nect>sidad de
suspender su remisioo á su destino, y proceder á disponer desdt~
luego de ella, como lo hideron, pues tínicameutc acredita que
llegó averiada por razon de mojaduras, y que por tal razon ba-
bia perdido parte de su valor, pero no el grado 6 estension del
daño 6 que esto fuera tal que el transcurso de dos 6 tres días,
solo necesario paru que la mercadería llegara al Rosario, la hi-
ciera inúti1 6 la expusiera á un ma~· o r y considerable quebranto;
inverosímil, por otra parte. pues, bastan los mas sencillos co·
uocimientos para l bcr que ni aun en un tiempo doble del em-
pleado desde que salió la harina do esta ciudad basta que llegó
á Yilla Mercedes, pudo estar por razon de mojaduras que no pe-
netran ui pueden penetrar mas de dos centímetros en cada
bolsa pot razon de la capa impt>rmeable que la humedad mism~
forma en las capas csterioros, dañarse ni perjudicarse en mas de
lo que pudiera estarlo á su ll('gada á aquella Villa.
4° Que las declaracinnes del capataz y peones de los depósi-
tos del Ferro-Carril qu(\ a:estiguan la mojadura de la harina y
afirman que esta por razon dt> su estado no fué admitida en di-
chos depósito·, no son br.stantes á establecer lo contrario, por-
que no se ha d t>mostrado qno esa personas fueran suficiente-
mente autorizadas para negar el transporte l.le aquella al Rosa-
rio y porque no consta si ellos examinaron la harina 6 se guia-
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