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DO eatando aun dictada la ley penal de la Nacion báse resuelto

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 24 ID: fallos_24_432

Keywords / Subjects

DELITO

Ruling Text

r•uee • u .,.... coaft .,. Jli ea ot.To cualquiera, an6logo en la República, pues que DO eatando aun dictada la ley penal de la Nacion báse resuelto qae los tribunales nacionales al aplicar lu ley penal comun. deben hacerlo con la moderacion introducida en la práctica de loa tribunales de Provincia (Fallos, série t•, tomo s~. pájiua .&59) y con mas razon ajustándose á los códigos provinciales. 9- Que por la naturaleza de los actos que el Juez está lla- mado á practicar para ll\ instruccion de un sumario, es inadmi- aible la proposioion sentada en la S<'gnnda part;;~ del conside- rando SO del fallo del Juez de S e~'c ioo, segun la cual aquel puede levantarse, pidiendo á lus nuevas autoridades las dili- ¡encias necesarias; y por estar demostrado qut> el juez de Secciones la nueva autoridad judicial del territorio de .Misio- nes, resultaria que este se <·oovertiria en agente instructor de este Juzgado, y que se procedería contra los propó!!itos que la ley ha tenido en vista al designar como Juez competente nl del lugar en que se perpetró el delito. Por estos fu ndamento' , de acuerdo con los del auto de f. 48 y con los dictámenes del Fiacal de Seccioo, y del Fiscal de los Tribunales de la Pro- \'inoia, fallo declarando que este Juzgado es incompetente paro entender en esta causa y que ella corresponde al Juzgado de Seocion de esta Provincia¡ y con arreglo á lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley Nacional de Prl'cedimientos, remítanse eatoa autos á la Suprema Corte paru la decision de e ta con- tienda con el ofi.-:io de estilo. Rodol{o llivarola. VISTA DEL PROCUR.U)OR GENERAL Buenos Airea. Setiembre t7 de 1881. Suprema Corte : Fderalizado el territorio de Misiones por la ley de ti de Diciembre próximo pasado. la jurisdlccion tanto civil como