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Derecho Penal Belga, no 2! 1 í ~~; Helie, lnst. Crim. y otros

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 24 ID: fallos_24_450

Keywords / Subjects

DOMINIO DELITO

Ruling Text

f"'A'I R U _.... COaft Derecho Penal Belga, no 2! 1 í ~~; Helie, lnst. Crim. y otros ·que tratan sobre el derecho penal internacional. En-eJios se verá que ninguna de las consideraciones en que se fonda la extraterritorialidad del d.ert'obo penal, es aplicable á 1 ~ oresente contienda entre Jueces de una mi~ma nacion some- tidos 6 las mismas leyes y vinculadas por los mismos intereses políticos y ao~ialt>s. Por último el 11eiior Juez de la Capital reconoce que son excepciones y entónces en su carácter de tal, no podrían esten- derse mas allá de los casos nominatiramcnte designados y ellos no son ninguno de los que motivan la presente. Bs, pues, aun evidente. Otro tanto puede decirse del artículo 78, del Código Penal que se cita en el ~ consideranf!o. El se refiere puramente á delitos cometidos en pais estrangero y cuyo juzgamiento debe hacerse con arreglo á lo.~ tratados y en los casos que prcsc-1·iba11 lalleycs. En cuanto ú la pragmática es tambicn inaplicable en la parte que se citn, porque se refiere al caso en que el duelo se haya efectuado fuera de mis 1·eino~t á dominios (en el estrangero) rn el caso que el duelo se hubiera efectuado dentro de mis domi- ~&ios, en Espaful, por ejemplo, se habría aplicado no en la parte que cita el sei10r .Juez de la Capital, ·inó en la que tcxl.ual- mente dice: mando á todos mis co rregidom~ r¡ue ' "!JO qul' llegue á stt noticia r¡ue ha habido w1 dt•safio en aly.m luyar del territoriCI de su alcabalatorio, pa.~en en tal lll!frtr, :v sin necesidad de tomm· el uso, procedan á la. m'criguacion y cas- tigo de los reos . . . etc. l~s lo que ha debido hacerse en la República Argcntinu, porque estando en vigencia tanto en la Provincia de Buenos Aires como en la Capital de la Rep(•blica, los Jueces de ambos están igualmente autorizados para invo- carla y aplicarla contra los duelistas que salen de sus respec- tivos territorios para batirse y á mayor abundamiento, por