de la ley de Octubre t t de t876. 2
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 24
ID: fallos_24_461
Ruling Text
Cao. -
Se ooaaprende leyendo el
.......................
Buenos Airea, Julio iS de 188!.
Vistos, estos autos, promovidos por D. Lorenzo Herrera, ell
represe11tacion de los señores Cayol y Newman, contra D. Wal-
ter S. Keyser para que se declare nula la patente concedida'
la Compañía Continental teleflmica de Boston (E. U. de A), por
el invento denominado teléfono sistema Graban Bell.
Considerando: t o Que la 111ccion deducida tiene por objeto
como se ha 1'isto la anulaoion de una patente que se dice conce-
dida por el aparato telefónico del sistema indicado, y se funda
en que desde mucho antes de la concesion de esa patente, dicho
aparato era construido en el piÚs por los demandantes, por
cuyo motivo no ha podido ser patentado á rirtnd de lo dispuesto
en el articulo -'" de la ley de Octubre t t de t876.
2" Que el representante de la Compañia antes nombrada,
ha manifestado al contestar la demanda (f. 65 vuelta), q"e no
l~S eucto que se le haya concedido patente por el ap~Jrato l~ele
fónico de Graban Bell, el cu:al pueden seguir construyenQO ó
vendiendo los demandantes, pues sn patente se refiere al sis-
tema telefónico de cambio, que recien se establece en esta
parte de América.
3" Que el espediente agregado que el Juzgado pidió para
mejor proner á la Oficina ~aoional de Patentes, confirma lo
expuesto por el representante de la Compañia demandada, pue1
alll se vé que realmente la patente que se ha solicitado y que
dicho oficina ha concedido, es por el sistema telefónico d~ cam·
bio, lo que es completamente diferente del aparato que puede
emplearse en ese sistema ; pero que es independiente de tH, de
donde se deduce que la demanda de f. 20 carece de funda-
mento.