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DI IVIftCIA IIACIOIIAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 24 ID: fallos_24_531

Judges

Costa

Keywords / Subjects

PROPIEDAD RESPONSABILIDAD

Ruling Text

DI IVIftCIA IIACIOIIAL 7• Qoe el demandado se presentó entonces ' f. t9 eaponieado qne los ~echos del demandante, anticípa\ndose al fallo del Jaa· gado y haciéndose justicia i sí mismo por actos Tiolentísimoa hacian innecesario llevur adelante el procedimiento en lo refe· rente ' la reteucion del depósito, de modo que solo se ocuparía de demostrar la absurdidad de sus prt•tonsiones en lo referente al cobro de gastos y salarios, para justificar liU pedirlo de que sean rechazadas con costas. SO Que Mastai se opone al pago de sesenta mil pesos por arrendamiento, fundándose en que t>ste gasto es falso, desauto- rizado é inTerosimil : falso, porque las O\"ejas, dict\, han estado ocupando el mismo en q Ut.l 61 lus ténia cuando fueron embar- gadas, el cual pertenece eu propiedad, parte á su esposa Doña ~lvira Ramirez, y purte á Don Cárlos Herrero; desautorizado porque ni él, ui el Juzgado, habían dado facultades al depositll· rill para arrendar en tan tlltí$imo precio, ni en ta.n vasta esten- sion el cumpo en que so bailaban; é inverosímil, porque no se babia acompañado documento al ~u uo que lo justifique y por la enormidad del pNrio que se dice pagado. 90 Que reputa exagerado basta lo ab ~urdo el salario del dept~s itario, porque no corresponde íÍ la importancia del dep63ito, ni á los trabajos que él ha requerido, mucho maa cuando tenia ocupados dos peones con el exhorbitante sueldo de cuatrocientos pesos moneua corriente á cada uno, ni por la calidad de la administraciou que babia sido dcsast,rosa, agre· gaodo, que si algun t!~roch o te.1i.1 adttuirido el t.lt>posilario por razon de su c,Lrgo, lo bahta perdido, cuntrayendo ademas gravísimas responsabilidades por el despojo que babia cometido arrebatando las ovejas en cucstion del poder de los qne las custodiában dcspues de ent re~gat!a s judicialmente. tOO Que por auto de f. .u vu~l t.1 se recibió la causa á prueba para que se ju¡¡tific.tra la. t>fll·Ct h·hlad de la cuenta presentada por el depositario, consistil'uuo la producida por e l:~ctor en lu