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DI 11JITIClA •ACIOI'AL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 25 ID: fallos_25_56

Judges

Costa

Keywords / Subjects

NULIDAD

Ruling Text

DI 11JITIClA •ACIOI'AL 6t !- La nulidad de un laudo solo procede de licios en la forma 6 en el procedimiento de los que por espreaa diapoaicion de derecho anulan las actuaciones, y no de la mala apreeiaeion de los hechos 6 de la mala aplicacion de las leyes. Caso. -En el choque sucedido el 4 de Setiembre de 1880 entre el pailebot J ÓN!JJ Alejandro. y el vapor Pingo en el río Parad, los peritos arbitradores nombrados fallaron en mayo- ría que cada buque soportara su daño, sin condenaeion en costas. El patron del pailebot interpuso los recursos de apolaoion y nulidad para auto el Juez de Soccion . ....................... Buenos Aires, Diciembre 6 de 1881. Yistos estos autos, resulta que la parte do D. Santiago C'- nepa á f. 4~5 inlupuso los recursos de apelacion y nulidad, manteniendo este 61timo solo como subsidiario 6 para el solo caso de que no llegase á ser procedente la apelacion. A f. 4~ espresando agravios, funda la apelaciou en que consta de autos que el choque ocurrió en una cancha que hace la vuelta del rio, recta de oeste ¡\ este, y que el viento que cor- ría era sud fuerte 6 sud fijo y que por consiguiente el vapor Pingo quit6 al pailebot so barlovento; sin embargo la sentencia arbitral infringiendo el articulo .to del Reglamenlo de navega· cion flurial, declara culpable del choque al pailebot y al v.apor lo declara culpable solo y únicamente por no haber tocado el pito. :t~l recur!;O de nundad lo funda en que no pudiendo la sen- tencia separarse dl· la demanda y contcstacion, y de los hecnos