DI llliTICI.l "ACIOIUL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 25
ID: fallos_25_72
Voces / Materias
ADUANA
DAÑOS Y PERJUICIOS
Texto del Fallo
DI llliTICI.l "ACIOIUL
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impoaibilidad de truladarlo al Once purque loa conaignatl&rioa
DO aacaban Jos despachos de Aduana necesario• para que Jos
w1gone1 pudieran aegoir viaje, siendo sabido que esta diligen-
cia incumbe ' aquellos; debiendo obsenarae además, que no
estando los conocimientos estendidoa á la órden de la agencia,
eata DO podia pedir esos despachos. de modo que la culpa de
la demora ea de ellos 1 no de es~:\; 3° qut: tan evidente es esto
que los mismos demandantes asi lo reconocieron r~aniliendo'
la agencia los documentos de fojas sesenta y st·aenta 1 uno¡
4° que no es solamente para e~ tos que ban teni•lo cargamento
con destino al Once de Setiembre, sin6 para varias otras casas,
quienes han sacado los de,;pachos de Aduana y con ellos i la ·
vista, los w,agones venidos de San Ft!rntlndo han continuado su
camino hasta el Once, 11iendo ese el uso uniforme del comercio:
5° que era completamente int'XIlCto que los demandantes se
hubiesen. presen~ad u pidiendo la entrega de la harina y que se
les haya uigido el prévio pago del flete, put>s Jo que se les
babia indicado sinaplemt•nte, es que trajeran loa despachos de
Aduana como era su d ~!ber pan que sigan viuge; U• que en
cuanto ¿ la cuenta de daños y perjuicios, era inexacto que flll·
tatteo diez bolsas de barinll, pues el perito Mirandll babia con-
tado 1&5 quioienl&J que compooil&n el cargamento, y ai alguuaa
habían aparecido con Dlllrca di~tint;¡ esto no podía ser sinó
porque aai babi1ua sido ontroga•lall á los vapores, puos Jos cono·
cimiento• no indicaban marc~t.
6o Que dentro do lo!J trea diaa 11iguhmtci fuó ampll11da la
conlutatcion manilelltaudo lti ~:~11o quo como JI) babila hecho pre·
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