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DB IOITICU lUCIOIUL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 25 ID: fallos_25_154

Keywords / Subjects

DELITO

Ruling Text

DB IOITICU lUCIOIUL que dicha carta ha salido de la Estafeta, sin la intervencion de lá Oficina de Carteros, resulta igualmente que el servicio de aquella reparticion, cuando se trataba de paquete de Ultramar era ayudado por los carteros, entre los que iba Saint Huberg, y esta circunstancia unida á las apuntadas ¡ á la de haber sido, sobre todo, tomado infraganti cuando separaba las seis cartas de que se ha hecho relacion al principio, lo declaran autor del delito. Considerando respecto á Augusto Pucch: toQue no resulta de los untecedentt>s del proceso mérito sufi- ciente para establecer su culpabiJidad, porque aunque es cierto rtne del testimonio del acta pública del Tribunal <.:ivil de (}re- noble ya citado, resulttl que se ban presentado en una de las audiencias de este Tribunal dos cartas dirijidas por el seiior Roudet de ~· rancia al sciior Gruget de :Buenos Aires una de las que se supone sea la misma ,·iolada por aint Hu bcrg, no consta que sea Don Augusto Puccb el que las baya presentado perso- nalmente. i" Que por consiguiente, por mas presunciones que resulten como existen en este caso contra los hermanos Puech, faltando la debida justificacion de tal hecho no puede considerar~Je á Don Augusto Puech como cómplice del delito de Saint Huberg mucho mas cuando se ha sostenido en la ddensa, y las partes acusadoras lo han aceptado, el bec!Jo do que el señor Puech, no se encontró en la audiencia cuando se presentaron tales cartas. Por estas razones fullo declarando á Guillermo Saint Huberg confeso y conricto del delito de sustraccion y riolacion de corres- pondencia y lo condeno en su consecuencia de acuerdo al artículo á~ de la Ley Penal. á la pena de cuatro meses de traba- jos f\)rzados donde el I>oder Ejecutivo lo designe, y á Don Augusto Puecb declarándolo libre de culpa y cargo. Hágase saber y notifíquese con el original. ,e udrés Ugarriza.