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Da ltJITICIA lUCIOftll

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 25 ID: fallos_25_186

Voces / Materias

COMPETENCIA

Texto del Fallo

Da ltJITICIA lUCIOftll t9t En vista de estos antecedentes el Juzgado establece las si- guientes cu:estiones. t• ¿Es competente para entender en esta causa?' !' ¿Está probado que Basilio Adam sea autor de la mnerte de Constantino Brulos? 3• Caso afi.rmativo ¿ cdl es la calificacion legal del hecbo y que pena merece? Considerando en cuanto á la primera: to Que alh tiene su odgen en lar. reclamacion hecha por el Cónsul Helénico, á cuya nacionalidad pertenece el buque, el procesado rla víctima, directamente primero ante la Prefectura Marítima segun consta de las notas de fojas 31 y 32, y despues por intermedio del Ministro de Relaciones Exteriores Sl'gun lo demuestran las actuaciones que se mandan agregar para que el procesado sea puesto á su disposicion á efecto de formar el proceso y determinar lo que á su juicio corresyonda, sea juz- gándolo por sí 6 remitiéndolo para ser juzgado por los Tribuna- les de su país, y aunque esto no constituye una \"'erdatlera contienda de competencia, es llegado el momento de que el Juzgado se pronuncie con arreglo á los principios d!el DtJrecho de Gentes ' fin de resolver la peticion del Cónsul de Grecia é indicacion del Señor Ministro ae Relaciones Exteriores en su nota de foja t (actuaciones agregadas). ! 0 Que la competencia del Juzgado Federal de la Capital para juzgar á Adam, nace del precepto contenido en el inciso 2° del artículo 3° de la ley sobre jurisdiccion y cómpetencia de los Tribunales Nacionales de U de Setiembre de 1863 que atri- buye el conocimiento de todas las causas por crímenes cometi- dos en los rios, islas y puertos argentinos al Juez mas inme· diato del lagar del hecho y á aquel en cuya seceion se encuen- tran los criminales. SO Que en toda nuestra legislaeion positiva no ex.iste dispo· sicion alguna que exceptúe de esta regla los buques de otras