D& IUSTICIA ltACJOLUL
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 25
ID: fallos_25_212
Ruling Text
D& IUSTICIA ltACJOLUL
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contra el General Don Octaviano Navarro de esta naturaleza y
vecindario, sobre reivindieacioo de los campos de Biscocban,
Piscoyaco y Ciénego del Pozo, como adyacentes al Potrero de la
Carreta ó Hoanaya en el distrito de Singuil, Departamento du
Ambato jnrisdicoion de esta Provincia ; con lo alegado y proba-
do por ambas partes litigantes y
Considerando : t" Que derivándose los derechos de estos en
sus respectivas haciendas de Sioguil, dts la ley provincial de ~
ele Noviembre de t875 que autorizó la desvinculacion y ve11ta
ele esta estancia como parte integ ran t~ que era del mayorazgo
de Huazan, es consiguiente que ni sus poseedores pudieron
t•e11der ni los seiiores 1\lolina y Navarro compra·rlos váltdame11te
rn mas estension de terreno que los comprendidos en aquella,
como lo establecen, eutre otras varias leyes y doctrinas, las cita-
das por Alvarez en su tratado Derecho /leal de Espatla adicio-
nado por el Doctor Veloz ( página~. números 718 y 7t9;
Escriche Palabra .tlayorazgo, y Goyena Febrero Reformado
tomo to, páginas 5~1 y 5~, nómeros t789 y t8tt).
to Que estos mismos principios han sido reconocido~ unifor-
mem~nte por unos y otros contratantes en las diversas escrito-
ras otorgadas sobre el particular, muy especialmente en las do
ve11tcu y sus ratificaciones del ! de Diciembre de t857, Febrero
ti de t858, Diciembre 4 de t858, Junio ~d e t860 y 2 de
Diciembre de t870, corriente al. fojas .J, 5, 70, 7t y 73.
SO Que en tal virtud y haciendo justicia al recto criterio del
tostador y fundador del mayorazgo general Don Luis J . Diaz,
en sus instrumentos públicos de fojas 53 y 54 y al la buena fé
con que debemos suponer procedieron los enunciados contra ..
tan tes, debe darse tambien por sentado, que al referirse ·aquel
á los potreros de Sioguil y cuanto le fuese anexo sin enumerar
separad11mente al de la Carreta entre sus bienes y al ser estos
campos vendidos por su :~ sucesores, se procedió en el preciso
concepto de quJ estaban itlcorporados y formab~&n parte iute-