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Da IUITICU lfACION.U.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 25 ID: fallos_25_216

Voces / Materias

PROPIEDAD DOMINIO

Texto del Fallo

Da IUITICU lfACION.U. tOde Marzo último, traído en cópia autorizada á fojas i38yt.W. t3° Que por lo demas, para que la aecion reifiadicato- ria entablada pudiera ser procedente deberia estar fundada en el dominio de esos campos adquiridos de buena fé y justo titulo la posesioo legítima del demandado, atenta las dinrsas dis- posiciones de Jos artítulos 96 al 98, ·capítulo .¡o, página 61 t ; so, capítulo t o, página t .W, y :U idem página fU6 del mismo Código; circunstancias que lejos de haber concurrido en el presente caso se ba demostrado todo lo contrario con la diversidad de com- pNbantes que quedan relacionados. U -> Que por Jos fundamentos jurídicos tambien aducidos y demas que alega el demandado en su defensa á Jos párrafos .¡o y 5° de su contestacion de foja t t.t á tft y en su último escrito de fojas !t8á !3!, queda igualmente demostrado que su deman- dante Doctor Molina tampoco puede pretender en justicia da'rle mayor alca11ce que aquel que le atribuye sus mismas cláusulas á la escritura de compra, corriente á fojas ii y tS hecha última- mente á su señora madre Doña Primitiva Segura de llolina, debiendo por el contrario, estar subordinadas al tenor de los títulos originarios en que se funda 6 sea á Jo de fojas.¡ á 8 y 9 á ti, Jo mismo que á las enap naciones ltóteriores de esos cam- pos, como Jo fué la segunda compra de Singuil de fojas 70 á 73 ya citada correspondiente á los Navarros, segun resulta así mismo del testo espreso de los de artículos t9 y 34, título go De las acciones rtales, páginas 643 y 6.t6 ~1 Código ya citado. t5o Que por otra parte, si ha de estarse á la resolucion y autos dictados por el Señor Juez en lo Civil de la Provincia unidos en cópia á fojas M, 67 y ti i. r."' quedaria ya ni el mas mínimo pretesto para insistir en llenr adelante este pleito, por cuanto la posesion mandada dar con arreglo al deslinde é informe pericial de foja 56 á tU, ''en dría á dejar á cada parte en la posesion esclusita de sus respectivu propiedades; quedando como antes los tres puestos disputados, en la del General Navarro T. lVI. t5