O& JUSTICIA. lUCIOlUL
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 25
ID: fallos_25_226
Voces / Materias
DOMINIO
Texto del Fallo
O& JUSTICIA. lUCIOlUL
!St
formado on solo cuerpo y que bnu pertenecido en comun á las
partes litigantes, 6 sus causantes, sin que basta ahora hayan
sido fijados los límites 6 linderos que las dividan y separen, no
puede ejercerse revindicacion alguna por Jos colindantes, pues
e el que poseyere terrenos cuyos límites estuviesen confundidos
con.lus de un terreno contiguo se reputa condómino con el po-
seedor de ese terreno lt: artículo setenta y cuatro, título octavo:
Del condominio por confusion de límites, libro tercero del Có-
digo Civil.
Cuarto: Que e la accion reiriodil;atoria solo se dá cuando los
llmit~ no estuviesen confundidos y los terrenos se hallasen ya
demarcaeúJs ''• segun doctrina del seiior Yelei arsfield, comen-
tando aquella. disposiciou pcsitiva del derecho vigente.
Quinto: Que la accion de reiviudioacion no se dá contra los
condóminos en la cosa, quienes ptteden go::.ar de la misma con-
forme al destino de ella, con tal f1ue no la deteriorl'n en su inte-
rés particular, segun el artículo doce del tíiulo y libro citado.
Sexto: Que durante el condominio 1'or confusiou de llmiles,
el que poseyere terrenos contiguos solo tieue derecho para pe-
dir << que Jos límites confusos se im'estiguen y se demarque/lit
(artículo setenta y cuatro citado) lo que es propio solo de 1:1
accion de deslinde creada á este t•fecto.
Séptimo: Que es este, precisamente, el objeto de lll. acciou que
resulta entablada ¡)or Jlolina, eu su ocurso á la justicia nacio-
nal para atraer á ella la cansa, 6 juicio pendiente ante la juris-
diccion prorincial; pretendiendo de esta suerte que se determi-
nen judicialmente por el J nzgado de Scccion los propio.t limites
de su campo que aún permanecen confundidos con los de X a~
varro.
Octavo: Que importando todo esto una peticion ó accion judi-
cial para que .o;o demarquen los l.hnitcs confusos de ambas pro-
piedades, y sea posible, como consecuencit~ de esta misma dcter-
minacion é intlividualizucion de su heredad, el ajo hm1c 1·em