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DE .IUSnCIA lUCIONAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PROCESAL_EVIDENCIA
Tomo 25 ID: fallos_25_228

Voces / Materias

COSA JUZGADA

Texto del Fallo

DE .IUSnCIA lUCIONAL cacion, separaoioo, determmacion é indifidualizacion de los prr•lios confinantes, t\ que responde la accion de deslinde. 1 mlécimo: Que el ejercicio simultáneo de una. y otra accion, por la parte de :Moliua es incompatible, y vuelve su demanda reivindicatoria improcedente mientras ambas propiedaJes no sean deslindadas con arreglo á lo solicitado por él mismo, y á lo resuelto por la Suprema Corte en el juicio respecti l"O. Duodécimo: Que es jurisprudencia e tublecidu por esta que e teniendo por objeto el juicio de deslinde que lo Hmites confu- sos se in\'ostiguon y demarquen, JIO p!t<•dc entabla rsc la acrio11 ·reiui111licatoritL antes que se resuelva el juicio de límites,, (Causa LX, 'l'omo LV, ~.erie 11 de los Fallos). Décimo Tercio: Que e', por lo tunto, fuora de propó ito entrar {l fijar con arreglo á los títulos presentados, cuaJe:; hayan de ser los límites de la" propiecludcs de ~lolina y Kavarro, pues esto es propio dl'l juicic) de de·linde y sería desnaturalizar la nccion entablada y convertir);\ l'n una simple accion de des- lindo hacer en esta cau 11 esa fijuciou y determinncion, antici- pando juicio al deslinde mi mo que con arreglo á tales títulos su mande practicar, y sin que J;t causa respectiva haya venido grado, produciendo así un caso de Corte al resolverla en pri- mera y tlllica instand a sobre ma tcria qu e hará así cosa juzgada en aquulla, sin haber eguido los trámites do ley. Décimo Cuarto: Qne eslo mi m Q es ineficaz para la resolucion de la demanda y juicio réirintlicntorio, pues aquella determina- ciou y fijacion df' lfntitrs, no dá la ulJicacion de los terrenos de Piscoyaco, Y iscoohan y Pozo del Cit-nego, do suerte á pronun- ciar sentencia cierta sobre estos objelos de la demanda do llo- lina, lo que hace tauto ma · net·e ~ a rio el dl•slinde pré,·io cuantoque la · partes mismas no están conformes en la verdadera situuoion de estos terreno babicudo manifestado la de Molina en la vista de esta causa, que el cróquis presentado en ella por K anu ro es inexacto, no dá la debida cstension do sus títulos al campo de