DB stJSn\.IÁ IUCIONAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 25
ID: fallos_25_296
Voces / Materias
RESPONSABILIDAD
Texto del Fallo
DB stJSn\.IÁ IUCIONAL
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mado en dicho juicio la participa <'ion que le corresponde y se
solicitaba ;
Que. por otra parte, e improced!'nte la recusacion del Juez
cuando una causa se encuentra recien en estado de sumario
informati~o;
Por estos fundamentos. se confirma el auto apelado; in per-
juicio de que terminado el s un~:ari 11 , Don Eug!'nio Schmid pueda
constituirse p rte acusadora en esta causa, usando flO la acoion
pública que le acuerda el artículo diez y seis de la ley de cmco de
Noviembre de mil ochocientos ochenta y uno.
Devuélvanse en consecuencia esta actuaciones ni J ucz de
Seccion para que las mande agregar ti sus antecerlentes.
J. B. GOI\OSTIAGA. -
J . DOMINGUEZ.-
ULADISUO FI\IAS (en disidencia).-
S. M. LASPIUI\.
DISIDENCIA
Buenos Aires, Junio 2 de 1883.
Vistos en el acnordo y cons1derando:
Que Don Eugenio 'chmid no ha renunciado el derecho de
asumir el carácter de acusador, y r¡ue mas bien manifestó con
toda claridad quo lo asumiría en caso necesario;
Que el auto de la Corte, de primero de Noviembre tUtimo,
como de su letra y espíritu resulta, no sancionó, ni pudo san-
cionar una renuncia qut' no se mizo, ni privó á dicho Schmid de
aquel derecho, ni declaró tampoco que no fuese parte en este
juicio;
Que Sohmid. nl pedir el ocho del mismo mes, la inhibicion del
Ju~z de Seccion, tenia, como denunciante, accion para hacerlo.
en virtud de su interes en la causa, por lns responsabilidades
en que como denunciante pndie,ra incurrir. y por la mitad d!' la
multa que pretende se le adjudique;