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seguidos por D. Juan M. Ortiz contra Latton y L:~.nl por desalojo de una finca, restdta lo siguiente: En Jonio t5 de t879, Doña Ana

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 25 ID: fallos_25_312

Keywords / Subjects

DAÑOS Y PERJUICIOS

Ruling Text

DB 11llnCIA NACIOl'tU. sn D. Juan M. Ortiz contra Latton y Laual, sobre desalojo Sumario. - t• Es dlida la pr6roga del término de locacion concedida por el condómino que, con consentimiento de los con- dóminos, hizo la locaeion. !"El adquirente de la finca tiene que respetar Ja pr6roga, aunque los propietarios al nnderJa, solo hayan hecho mencion de la locaeion, 1 no de la próroga. SO El puede reclamar daños y perjuicios contra los ven- dedores. Ccuo. - Lo esplica el ......... •-.-e•······ Roaario, llayo 1• de 1883. Vistos estos autos seguidos por D. Juan M. Ortiz contra Latton y L:~.nl por desalojo de una finca, restdta lo siguiente: En Jonio t5 de t879, Doña Ana S. de Benza, dió en arriendo á D. JJilario Badano por el término de 3 años á contarse desde "· xn n