seguidos por D. Juan M. Ortiz contra Latton y L:~.nl por desalojo de una finca, restdta lo siguiente: En Jonio t5 de t879, Doña Ana
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 25
ID: fallos_25_312
Keywords / Subjects
DAÑOS Y PERJUICIOS
Ruling Text
DB 11llnCIA NACIOl'tU.
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D. Juan M. Ortiz contra Latton y Laual, sobre desalojo
Sumario. - t• Es dlida la pr6roga del término de locacion
concedida por el condómino que, con consentimiento de los con-
dóminos, hizo la locaeion.
!"El adquirente de la finca tiene que respetar Ja pr6roga,
aunque los propietarios al nnderJa, solo hayan hecho mencion
de la locaeion, 1 no de la próroga.
SO El puede reclamar daños y perjuicios contra los ven-
dedores.
Ccuo. -
Lo esplica el
......... •-.-e•······
Roaario, llayo 1• de 1883.
Vistos estos autos seguidos por D. Juan M. Ortiz contra
Latton y L:~.nl por desalojo de una finca, restdta lo siguiente:
En Jonio t5 de t879, Doña Ana S. de Benza, dió en arriendo
á D. JJilario Badano por el término de 3 años á contarse desde
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