DE .IUSn CIA l'tACIO!'AL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 25
ID: fallos_25_328
Judges
Costa
Ruling Text
DE .IUSn CIA l'tACIO!'AL
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entrar en cual 6 tal especulaeion, de donde nace basta cierto
punto una obligaeion moral de l'igilar el curso de la operacion
y prevenir en cuanto le ca po ible la ngral'acion del desastre.
n o Que en cuant& á la. comi ion que debe <tbonar e á Jos cor-
redores, en defecto de convenciou que es la suprema ley entre
las parltl' y que eu el caso sub judice no se ha proLndo exi ~ tir,
no puede !!Cr otra que la que lij <1 el Reglamento de la Bolsa
pura esa clase de opcracione , nl cual debe suponerse que las
parles bnn entendido ometcrse cuando han oruit ido hacer do
t•ste punto materia de unn estipulacion e·presu, po.rque como
se ha dkho untes esa es l<l ley e ·pecial que rije las relaciones
de lo · sócio· de In ca ·a entre sí. siendo aquella do un cuurtopor
ciento sobre <'l importe rral di! las tran acciones segun el in·
ciso 7° artícui(J 44 drl H e~la m<"n toci t ado.
Por estos fundamento fallo condunando ú D. J,uis Logega-
rny al pago de la uma de 6:>00 S mf.; sahlo prl dente do las
l'entu de oro; al pago do l.a diferencia entre los precios de las
600 acciones del flanco Nacional vendida" por su órden con fe-
ch.127 de Junio, t:;, 16 y 27 de Julio de t 881, y la · de igual nú-
mero com¡Hadas del mhmo modo el t2 du Agoslo t•gun la
rwta de f. 10; ~- la comí ion de un cuarto por ciento sobre el
importe total de l•s tran :- a~·cio•w s en el :érmino de diez dia , fi
cuyo ef<>cto el 'ccrttario ¡¡r. t:Lic•mi la torrcspoudicute liquida-
don. ~ otifír¡ u eso ori.;inal
l"a·ailio JI. Tedm.
La:s dos parh·s apelaron de la t~c n tl' n t iiL anterior.
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Buenos Aires, Junio 19 de 1883.
Vistos; por sus fuudameutos so confirma, l'on costas, la sen-
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T. XVI
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