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Rl1'ina y el demandante, por el cual el primero se compromt'tia

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 25 ID: fallos_25_372

Keywords / Subjects

COMPETENCIA CONTRATO

Ruling Text

377 señores D. Gerónimo Risso, D. Eugenio Tt'rrasson, D. José Rl1'ina y el demandante, por el cual el primero se compromt'tia ' abonar ' estos la suma de 9,000 pesos fuertes en mensuali- dades de iiO fuertes, paraa que el espr('sado npor suspendiera su carrera que hacia en competencia con la línea de Broce. i'> Que el dfmandante sostiene que por su parte ha cumpliflo el contrato suspendiendo la nnpgacion del tapor e Estrella •, y que Jos d clt~eñor Bruce bun naTegado sin competencia alguna · desde Jos puertos de Campana y Tigre, que son los enunciados en el contrato, d ~·sde el 6 de Marzo de t879 basta d :J de :Marzo de t881, en que empezaron á sa !ir del primer puerto los upo- rt's e Tridt'nte • y e Diana •. 3'' Que el actor limita su gestion á la quinta parte de la suma total que d ~bia pagar Bruce, por1ue ella debia dh·idirse entre los einM arrendatarios del ce Estrdla •· teniendo recibi"os á cuenta de su parte 730 pesos fuertes en lil forma s igu ient~ : Dt>17 de ,Julio, dia er. que susp<'ndió sus Tiages el eE~trella. , al ti de Octubre del aiio t878 en que emJl<'7.Ó la (!Ompetend a del e Rio Uruguay • saliendo de Camp:ma, tres meses cinco dias, son .&75 pesos fuertes. Del 6 de Mar~o de t879, dia en que ('OSÓ esa competl ncia, al i1 de Junio del mismo aiio, son iSá; lo que hace el t(ltal de la suma recibida. 'o Que en su contestncion á la demanda corriente á f. ti es- poso Drnc<>: que se n ia obliglldo á reconO<'n el ronhato !nt"o- rado por rl actor en Tirtud del fallo de la Corte Suprema, que en testimonio Sf' babia ))res<'llhtdo rlt' f$. t á 5, dt! modo que de- bía circunscribir su defensa á su intt'r¡m•tucion y á Jos hechos en que se fu nda la accion ; que por eTitar la compt>tt'nciu que el Tapor eF. str••ll a ~ bacía á los suyos, en la carrera de Bueno:; Aires nl Paran:í, para que estos pndi~re n ser exclusivos, SI' com·iro en que les daría á los dueños :del e Estrt'll:a .. una indt'mnizaeion, r por eso el contrato dice: En consideraoion á retirarse el vapor