Cao. -Lo es plica el
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 25
ID: fallos_25_379
Voces / Materias
CONTRATO
DAÑOS Y PERJUICIOS
Texto del Fallo
FALLOS H U SUPUiü COilTE
Cao. -Lo es plica el
......... 41 ... tle ~~e .....
Buenos Airt!s. llayo 16 de 188!.
Y Vistos: estos autos seguidos por Don Octario Rossi contra
Don Luciano Durrien, sobre rescision de un contrato de arren-
damiento.
Resulta: to Que el dC'mnndante pidió la rescision del contrato
fundbdose en que el demandado babia dt•jado de pagM (los
trimestres ó períodos, y con arrE'glo al articulo 87 deltítulo IJe la
LOtaeion, Código Ci\·il, qnedaba resuelto, como t.ambien por uso
indebido de la cosa.
!" Que eracuando el traslado que se le corrió de dicha peti-
cion, el demandado espuso, que si no babia seguido pagando
des pues del primer trimestre, fué por bn ber convenido con el
Señor Rossi, en que ~ste sacaría unos animales que tenia en la
Chacra arrendada, en virtud de la carencia de pastQ; de los
perjuicios que recibía el demandado otro campo parn pastorear
su bacieodJ~ obligándose Rossi á hacerlo á la brercdad posit.le,
y que si así no Jo bicit•ra, no babria obligacioo por parte de
Durrien de pagnr el arrendamiel!tto.
Concluye sosteniendo que no ha alterado el uso de l1l cosa
arrendada, pide se rechace las pr1·tensiones del actor y protesta
por daños y perjuicios que dice habérscle irr(lglldo.
Y C.Josiderando: to Que el punto á resolt't!r ('S si la rE>scisioo
del contrato se halla (, no autorizada por el re~ordado artículo
87 del tí tu lo IJe la Locacion, Código Cit"il, J'Or no haberse pa-
gado dos periodos consecutit"os.
~ Que consta por declnracion da Don Adriano E. Rossi (foja
cuarentaJy siPte del es¡ •edi ~n te sobre juicio cjE>cnti ro), que éstl'
'nombre de su pudre Don Octa\·io Rossi, y con su nutorizacion,
recibió un mes de aquiler de manos de Dnrrien, cuyo recibo ha
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