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Cao. -Lo es plica el

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 25 ID: fallos_25_379

Voces / Materias

CONTRATO DAÑOS Y PERJUICIOS

Texto del Fallo

FALLOS H U SUPUiü COilTE Cao. -Lo es plica el ......... 41 ... tle ~~e ..... Buenos Airt!s. llayo 16 de 188!. Y Vistos: estos autos seguidos por Don Octario Rossi contra Don Luciano Durrien, sobre rescision de un contrato de arren- damiento. Resulta: to Que el dC'mnndante pidió la rescision del contrato fundbdose en que el demandado babia dt•jado de pagM (los trimestres ó períodos, y con arrE'glo al articulo 87 deltítulo IJe la LOtaeion, Código Ci\·il, qnedaba resuelto, como t.ambien por uso indebido de la cosa. !" Que eracuando el traslado que se le corrió de dicha peti- cion, el demandado espuso, que si no babia seguido pagando des pues del primer trimestre, fué por bn ber convenido con el Señor Rossi, en que ~ste sacaría unos animales que tenia en la Chacra arrendada, en virtud de la carencia de pastQ; de los perjuicios que recibía el demandado otro campo parn pastorear su bacieodJ~ obligándose Rossi á hacerlo á la brercdad posit.le, y que si así no Jo bicit•ra, no babria obligacioo por parte de Durrien de pagnr el arrendamiel!tto. Concluye sosteniendo que no ha alterado el uso de l1l cosa arrendada, pide se rechace las pr1·tensiones del actor y protesta por daños y perjuicios que dice habérscle irr(lglldo. Y C.Josiderando: to Que el punto á resolt't!r ('S si la rE>scisioo del contrato se halla (, no autorizada por el re~ordado artículo 87 del tí tu lo IJe la Locacion, Código Cit"il, J'Or no haberse pa- gado dos periodos consecutit"os. ~ Que consta por declnracion da Don Adriano E. Rossi (foja cuarentaJy siPte del es¡ •edi ~n te sobre juicio cjE>cnti ro), que éstl' 'nombre de su pudre Don Octa\·io Rossi, y con su nutorizacion, recibió un mes de aquiler de manos de Dnrrien, cuyo recibo ha ,