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pronunciados por loa jaece

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 25 ID: fallos_25_393

Keywords / Subjects

CONTRATO DAÑOS Y PERJUICIOS NULIDAD

Ruling Text

-aa. Porque aaaqae ea nrda.d que el laudo ha sido autorizado por el Eacribaao ea fecha tambiea distinta, dicha circunstan- cia DO ooaati&uye u o Yicio de nulidad. En efecto, este funciooa- ri..-ao ejerce jurisdiccion, siendo su misioo tan solo hacer uber directamente ' los litigantes los autos pronunciados por loa jaeces. dando fé de qut\ estos y no otros son quienes los baa proaanciado; 1 en el caso no se pone en duda que el Jaudo haya sido pronanciado y firmado por los árbitros nombrados por las partes y por ei-.jucz; por consiguiente, la circunstancia de la feeha en que fué, autorizado, no puede influir en manera algaDI, siendo de advertir por lo demás, que aun dicha auten- ticacioa ae ha hecho y:' innPcesaria, atento á lo que dispone la Ley de Procedimientos Nacionale3. Segun esta, queda supri- mido el pro.eido de los Escribanos para la autenticacion de las pro,idencias de los jue·oe~· y por lo tanto, no puede consi- derarse en el caso como cattsa de nulidad, la circunstanei a apuntada por Ja parte de l;tch(lgoyen. Considerando 4°. Que no es exacto que los árbitrod condena- ron ' Etchegoyen á Jo que no babia pedido su partt>, pues )tL resolueion tle aquellos debía. recaer sobre estos dos punto11: to ca'l de los contratantes dejó de cumplír el contrato de fo- ja 3; !" dtltermlnar Jos daños y perjuicios que debería pagar el que haya sido causo de la inejeeucion del n)ismo. I~os árbitros eo mayoría resol,ieron estas cuestiones, declarando que Etehe- goyeo fué el culpable y por lo tanto, responsable dll los daños 1 perjuicios causados á D- Josefa A. de Alorralde. Cooaideraodo so. Que es juris¡lfudt• tu~ia establecida por los Tribunales Nacionales, que entre los dauos y perjuicios á quo es coodeoado uno de los contratantes por inejecucion de un con&rato, debe tambi€n comprenderse las eostas ocasionadas en .el juicio, por ser ellas un efecto in01ediato y directo de la 'iolacion dt!l oootrato. Caus:l LXX, tomo so, y XXV Jli, tomo O, t• serie de los Fallos tle la Supremil Corte, de que se deduce