← Back to results

ICI añioalo curent!\ y uno, de las 1Jeud41 (Ú cuerpos ciert01,

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 25 ID: fallos_25_403

Keywords / Subjects

CONTRATO

Ruling Text

- rALLOI • u awaiUIA coau articlalo qainieotos treinb y cinco del C6digo de Comercio. ICI añioalo curent!\ y uno, de las 1Jeud41 (Ú cuerpos ciert01, del•il.ao Codigo Cifil, y concordante con el anterior, dispone qae • ai ladeada foose de un cnerp.o cierto que deba ser ('otre- gado, el deodor deberá hacer intimacion judicial al acreedor para qae lo reciba ; 1 deidl! entonce~S,Ia iotim¡¡cioo snrte todos los efectos de la consignacion. • Tales aou Jaa preacripciooes q11e la ley impone á la vende- dora. Ella estaba en el deber de conservar la cosa vendida á dispoeicion del comprador, precisamente cuando ~ste incurriese ea mora, es decir, no la recibi('lle dllntro del plazo convenido, 1 con derecho de cobrar los costos de la coosenacion y las pér- diclu 6 intereses, pero nunca de resolfer por sí sola el contrato. La reaoluoion solo podía pedirla del J ucz, ofreciendo la consig- nacioo, para lo cual tenia que reunir la hacienda para contarla, clui&carla 1 justipreciar su_ importe, para la iodemnizacion de loa daños 1 perjuicios emergentes de la resolucioo del contrllto. lata reunion de la bacie11da solo podia tener lugar al finnlizar el ~rmino del contrato, y como el comprallor ocurrió ~.·n tal ocuion á recibirl!l, resulta qne si hubil.'ra estado r~onida no babria tfoido lugar esta cuestioa. Pero todo lo espoe:;to es para el caso en que al comllr11dor babie~ra incurrido en mora viniond., fuera del plazo á recibirse del ganado; fllltii ahora ~xaminar si en efecto ha tenido lugar esta mora. El comprador em \"ecino tle la provincia de Córtluba: babia ido á Tucuman á comprar gan.&dos par.1 revenderlo$, segun re- aalta de lo3 aoto3. T~niendo sin duda en cuenta la naturaleza de au tráfico y la circunstancia de que tendría q uc f enir de dis- tinta ProTincia á recibir el g:n11Ldo, futi que se estipuló ror el .. rUculo 11iete del contrato. que el comprculor se obligaba á •a- car la hacumcla comprada luula fines de .Ita yo. Como el contrato era firmado en llarzo, tal plazo basta fines