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DI IUSTICIA NACIOIUL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 25 ID: fallos_25_404

Keywords / Subjects

CONTRATO

Ruling Text

DI IUSTICIA NACIOIUL de Mayo para nnir el comprador á sacar la hacienda, era es- closinmente en su favor. porque á la fendedora de ningoniL manera podia convenirte ontrt>gar la hacienda á fines de Mayo, en mPdio del invierno entre nosotros, ('.unndo la flncora se hace sentir y se esponia ú tener muchos animales de desecho. il articulo quinto, del título /Je las obligacione.t á plazo, del Código Cifi1, dispone que • el Jllazo pue ·to en las obligaciones, se presume establecido pan' ambas rartl's, á "o ser qtte por tl objeto dt la obligacion ó por olras circunstancia.,,rc.,ultare ha- berse pttuto lÍ (at•or del tleudor ó del acreedor. ~ Y en el presente caso, por todas las circunstancias, resulta haberse puesto en fnor del comprador. En efecto, si el ganado tle hubiera recibido inmediatamente despaes de firmado el contrato, la \"endedora lo habria entre· gado en buena estacion, y en perfecto estado de recibo, sin ani- males de desecho; babria recibido, además, el precio de contado, y el cantpo de sus Estanei:ts le habria quedado desde entonces desocupado par11 utilizarlo on lo qne le fuese mas conveniente; ventajas todas que per.ihl ú babria perdido para fines de Mayo. ' Resultando JHH' • el plazo esclu h·amentc en fa,·or del com- prador, él cumplía (•1 contrato ,·iniendo el feinte y oel1o rlc Mayo a\ l!llCilr el ganado. porque nmill dentro del término con- venido; y In v~• n tiNl ora no tu\"O 1azon legal para rl\husar la en- trega. ('omo la rl!husú, al e~and•> que no babia ya tiempo de reu- nir la hacienda dentro del plazo; porque los contr.tto3 deben entenderse siempre de la manera que sf.'a mas f¡\cil y eficaz su cjecucion, y porque ya ha r¡uc,lado antes establecido, que aun en el ca11o 'lu l}lle ~ 1 COIIll'rador hubiese incurrido en mora, 16 ,·endcdora habría t'stado C1t el •!cltcr cie conseHar h1 co ·a com- )lradB ai disposicion del t'•Jlllpnulo ·, ,.,,n el recargo justificado de los costos de l;l eonservacion, j aun clr las pérdidas 1! int.c.>rcsos. La tendedom insiste.> sin cmuargo, en so ·tener qne l'l com- prador no tuvo intencion de cumplir el contrato, puesto que