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Da IUiftCIA NACIOltU

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 25 ID: fallos_25_410

Voces / Materias

RESPONSABILIDAD

Texto del Fallo

Da IUiftCIA NACIOltU hile .... _ ..... .. Buenos Aires, Junio i de 181D. Autos y Vistos: Considerando: to Qne el t~rmino por el cual se recibi6 esta causa a\ prueba está vencido con exceso, segun· resulta de las constancias del espediente. to Que fuera del término solo pueden recibirse aquellas pruebas que no pudieran producirse dentro de él por cansas que no sean impotables á las partes, pues los términos se abren segun la ley t•, tit. 6", lib. 4°, R. C. para'probar y presenciar las probanzas 6 como lo dice el artículo t t8 de la ley de Procedi- mientos en los Tribunales ordinarios, para que se pidan, orde- nen y practiquen las di1igcnci1l8 de pruuba. 3- Que la parte de Brunengo se comprometi6 á presentar los testigos que aún quedaban por examinar, para la última audien- cia, que tuvo lugar el dia 30 del corriente, com:> lo reconoce espresamente en el aeta de foja '!6 vuelta de este cuaderno de prueba, sin que basta el pr<>sente baya manifl!sttldo que se rebqsasen á comparecer, do modo que si no han sido examinaios en tiempo hábil, es solo imputable á la parto que no los present6 6 que no pidió oportunamente la citacion eu la forma que prescribe el artícnlo t~t de la ley Nacional de }~ njuicia­ miento; mucho mas cuando ya una l'OZ habían dejtldo de com- parecer l'oluntariameute, ptt('S las responsabilidades proc('den no solo de actos sinó de omi11iones. Por e~tos fundamentos, no ha lugnr 1\ lo pedido en el prece- dent~ escrito, repóog;lse la foj•' y notifíf} u ese original. TedliJ. Falle •• la ••..,••• t:'el'te Buencn Aires, Ag•~tlo 2 de 1883. Vistos: no siendo imputable á la parte la no eomparencia