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ID el jaicio ordinario ae diacu&e y reauelle el mismo clereelao

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 25 ID: fallos_25_435

Texto del Fallo

ra••• H u .,.... coau ID el jaicio ordinario ae diacu&e y reauelle el mismo clereelao t• ea el ejtcu&iYo tD una forma diferente, aon dos proeecli- DlitD&oa cliatio&oa, iodependieotea el uno del otro, 1 aeparables ele una manera que cada uno puede quedar completo sin aDSi- lio del otro.7 por lo tanto el rol ue demaucl~ao&f con que la Na- cion ae presentaba en la t'jecueioo ba concluido con el 6l&imo &rúaite ele eae juicio, 1 no puede pretenderse que éOo&ináa ea la misma coodicion de demandante en el juieio orcliurio que 11 ioicia cou&ra ella. Y t. resena hecha al ejecutado por lale7 ele Procedimientos debe entenderse con la préYia autori11cioo del ~DifiiO, caaodo la Nacion aea demandada; ele otra ... oera seria cou&raclidoria t. io&erpre&acioo dada por el Congreao en esa lty al articulo tOO ele la Cons&i&ucion con laya citada de la Suprema Córte. se Que la clecision de ésta declarando que el Juea compe- tente para conocer de la de1111nda lo t i para conocer en la re- coonocion aunque no lo fuese ai eata se propuaiese como de- mandil principal, inYocada por el demandante, no es aplicable al prtaen&e caao, porque ella resuelve una cuestiou en que el recontenido es un partic-ular demandable ante los Tribunales, habiéndose abstenido de pronunciar su juicio cuando Ja recon- nncion se dirije contra la Nacioo (C~&u:~a 77, conaiderando De). Por tales conaideracioncs, declaro que eate Juzpdo ea in- competente para entender en el presente juicio contra la Na- cion, mientras no se acompañe á la demanda la competente au- torisacion del Congreso. - Háganse saber y repónganse los aellos. M. de T. l,inlo. VISTA DEL SEAOI\ PI\OCVRlDOI\ ~Et'Ctl\o\L Suprema Córte: Bueooa Airea, Junio 9 de 1883 Me inclino á la revocacion de la senteoci~t apcl1da. El juicio