ID el jaicio ordinario ae diacu&e y reauelle el mismo clereelao
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 25
ID: fallos_25_435
Texto del Fallo
ra••• H u .,.... coau
ID el jaicio ordinario ae diacu&e y reauelle el mismo clereelao
t• ea el ejtcu&iYo tD una forma diferente, aon dos proeecli-
DlitD&oa cliatio&oa, iodependieotea el uno del otro, 1 aeparables
ele una manera que cada uno puede quedar completo sin aDSi-
lio del otro.7 por lo tanto el rol ue demaucl~ao&f con que la Na-
cion ae presentaba en la t'jecueioo ba concluido con el 6l&imo
&rúaite ele eae juicio, 1 no puede pretenderse que éOo&ináa ea
la misma coodicion de demandante en el juieio orcliurio que
11 ioicia cou&ra ella. Y t. resena hecha al ejecutado por lale7
ele Procedimientos debe entenderse con la préYia autori11cioo
del ~DifiiO, caaodo la Nacion aea demandada; ele otra ...
oera seria cou&raclidoria t. io&erpre&acioo dada por el Congreao
en esa lty al articulo tOO ele la Cons&i&ucion con laya citada
de la Suprema Córte.
se Que la clecision de ésta declarando que el Juea compe-
tente para conocer de la de1111nda lo t i para conocer en la re-
coonocion aunque no lo fuese ai eata se propuaiese como de-
mandil principal, inYocada por el demandante, no es aplicable
al prtaen&e caao, porque ella resuelve una cuestiou en que el
recontenido es un partic-ular demandable ante los Tribunales,
habiéndose abstenido de pronunciar su juicio cuando Ja recon-
nncion se dirije contra la Nacioo (C~&u:~a 77, conaiderando De).
Por tales conaideracioncs, declaro que eate Juzpdo ea in-
competente para entender en el presente juicio contra la Na-
cion, mientras no se acompañe á la demanda la competente au-
torisacion del Congreso. -
Háganse saber y repónganse los
aellos.
M. de T. l,inlo.
VISTA DEL SEAOI\ PI\OCVRlDOI\ ~Et'Ctl\o\L
Suprema Córte:
Bueooa Airea, Junio 9 de 1883
Me inclino á la revocacion de la senteoci~t apcl1da. El juicio