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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 25
ID: fallos_25_467
Ruling Text
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Por locloesto, pido la ret"ocac:ion de la sentencia recurrida.
Eduardo Colla.
Buenos Airea, Agoalo !l de 1883.
Vistos: siendo de la cumpetencia de la justicia nacional el
conocimiento de esta causa, por razon de las personas, 1 no
resaltaado de la declaracion de fojas reiote 1 nint~ 1 tres, ni de
lu conawaciu de autos, que baya sido radicada ante la jaris-
diceion prot'incial, se revoca, de conformidad con lo espuesto 1
pedido por el señor Procurador General, el auto apelad c. de foja
ciento ano, 1 denélnse, prhia reposicion de sellos.
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