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DI 11JiftCU. naOIIAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 25 ID: fallos_25_502

Keywords / Subjects

CONTRATO CONCURSO

Ruling Text

DI 11JiftCU. naOIIAL 507 que hubiera obligaoion de espliearse, por la ley, por tu rela- ciones de familia, 6 ' causa de una relacion entre el silencio aotoalylas declaraciones precedentes. (ArUculo 1-6, tU. t•, De lo1 hechol, Código Civil). Savigny, que es uno do los autores que mas estenaamente ha tratado este asunto, con una profundidad, que casi n:ngu- no le ha igualado, dice en su obra de Derecho Rom~no, tomo ~. parágrafo t81: e La voluntad tdcita resulta de actos que teniendo un fin particular, sirven si u embargo como medi01 para conocer la voluntad; estos actos deben ser tales, qae se pueda dellacir de ellos la voluntad con certeza complela. Admitir una voluntad tácita, implica siempre un juicio nrda· dero, sobre un acto determinado, teniendo en cuenta las eir- .constanci as accesorias, juicio que ocupa aquf el mismo Jugar que para Ja manifestacion espresa, la interpretacioa de loa términos empleados; frecuentemente el acto no \uta por sf solo, para establecer la manifestacion de Ja voluntad; es nece- sario tod&Tía el concurso de otras circunstancias esteriorea; etc.n Lo que demuestra Ja necesidad del grao cuidado que deben tener los Jueces para admitir actos aislados, como maniteata- cion tácita de la voluntad, sin tener la certeza de que el acto ejecutado, y las demás circunstancial, la demuestren de una manera cierta. El mismo autor, agrega estas palabras, sobre lo que importa el silencio en los contratos, en el parágrafo siguiente al citado: e Er siltmcio opuesto á los actos ó interrogaciones no puede, en principio, ser considerado como un consentimiento 6 una confesion. Si, pues, alguno me presenta un contrato y maDi• fiesta, que tomará mi silencio, como adquiesceuoia, yo no me obligo; porque ninguno tiene derecho, cuando yo uo lo couieu- to, para forzarme ' una contradiooioo positin •· Ea que el consentimiento no ea en general u o hecho 6 ua ado, qae paecla