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T••ado el cuo a&6-jutliee, bajo la hip6tesia mu fuorable

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 25 ID: fallos_25_503

Keywords / Subjects

CONTRATO

Ruling Text

108 r•1•• DI LA IUJia .. l CGaft .-werane ooaao aaaDifeataoioD de la Yolutad porque ea la ...... de lo qae M buca. T••ado el cuo a&6-jutliee, bajo la hip6tesia mu fuorable al ejeou&u&e, 1 aupoDieDdo que la iDtimacioD de desalojo, lapoai,adole UD arreDdamieDto mur superior al que aboD&ba úa&tl, '-aportara la propuesta de UD nueto eoDtrato (que no lo ea, como 11 demoatrará mas adelaDte ), ese coDtrato no ae Jaabria Yerilcado por el silencio guardado por el ejecutado. Si eate DO hubiera estado en posesion de ia cosa, 1 á la pro- paa&a de arreaduaiento no hubie~e coDtestado, pero la hubie- ra ooapaclo, tal acto importada la aceptacion tAcita 1 debería npatane formado el contrato; DO obstante que siempre podria anularse, demoatrando el error sufrido al ejecutar el MM (anfcalo 19raiguientea, título t• De lollaeelwl. Código CiYU). Ea que DO basta las maa de las veces, la ejeoucioD de un solo actt, para eDCODI.rar de una manera cierta la manifes- tacioD de la Yoluntad, 1 con ID&JOt cautela se debe proceder, U&Üodoae clel lileDCÍO guardado, que DO ea UD acto, J que aolo se ooaaidera tal en loa casos especiales ra recordados. Si el ejecutute hubiera propuf'sto simplemeDte el contrato de arreadaaieDto, 1 el ejecutado hubiese guardado silencio liD prodaoir ~ algaDo; ese aileocio DO podría eoDaiderarae ooao uaa cleclaraoion positin de que aceptaba el contrato, porque aadie &ieDe derecho para obligar á un tercero á que manUJ81M su Yolaatad, ni menoa para atribuirle la acepbcion de uD coDtnto, aobre el que Do se ha proDuooiado. Pero el ejecutaate DO ha propueato un nueYo coDtrato ; su caso 81 mas faYorable bajo este punto de Yista. Sepn los t~r­ miDOI del eaorito de foja -1, pedia 11 intimara el desalojo del euapo ea el WraaiDo de sei11 meses, 1 para el oaao ea que no •eriioue dicho desalojo, iDdieaba que ae le aboaarían los toO,OOO pe101 mjo que impoDia. SeguD 81e eaori&o, el contrato de arrenduaieato por tiempo iudetermiaado, quedaba conclui-