Por ftlla pllérll, n6! Se objeta la mbhaa de Paalo : qt~i
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 25
ID: fallos_25_505
Voces / Materias
CONTRATO
Texto del Fallo
610
Por ftlla pllérll, n6! Se objeta la mbhaa de Paalo : qt~i
,_, 11011 lllipe (aldtlr, mi lam~ ff'"Nm est eum n011 rwgore.
1 Mr, Larombiere agresa: • Si caHarte no es decir sí, no es
tuapoco decir, n6.
cPero en los contratos no basta para la manifestacion del
connntimiento, no decir no; es neoeqario decir, d 1 Se puede
decir sí eaplicita 6 Ucitamente sin duda; pero siempre es
necesario decirlo, y el solo hecho del silencio 6 la ioaceion, no
seria á nuestro juicio, considerado como una prueba de aettp·
tacion.,
Hay, no obstante, algunos autores que opinan que el silencio
importa la aeeptacion en determinados caso~; pero siempre se
encuentra un acto que apoye ese sil ~ ncio y lo esplique de una
manera tal, que se considere como nna aceptacioo.
Eu el caso litigado no aparecen dudas; porque ~1 locador no
propone un nuevo contrato, que autorizase á creerlo aceptado,
ni el locatario lo reconoce como tal, aunque deapues lo acep·
tara. Por lo demas la negativa y desconocimiento del primer
momento, asi como el abandono ofrecido de la cosa, autorizan
á creer que no aceptaba la propuesta, si como tal se hubiera
considerado.
El locatario solo está obligado á entregar Ja cosaJoeada, espi-
rando el plazo del contrato, segun el artículo 65, título 00 1h
ltJ. loe4cion, Código Civil,y el derecho del locador solo se limita
i. pedir la restitucioo de la cosa, con mlls las péfdidaa á inte-
reses, en caso de mora.
Admitido eomo un principio cierto, que el silencio guardado
por una de las partes, en los contratos, no importa la acepta-
cion, namos los efectos lPgales que ha podido producir la inti·
maeion del nuevo arrendamiento fijado.
Los contratos que terminan por el plazo á que estorieron
sometidos, no pueden dar origen ' otros nuefos, sin que las
partes espresamente lo hubieran convenido. Por esa ruon