DE lllSnW RAQOlUL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 25
ID: fallos_25_510
Jueces
Costa
Texto del Fallo
DE lllSnW RAQOlUL
5t5
oion concluida bajo sus mismos términos hasta que el locador
pida la cosa, el cual no t>s el caso de la sentencia; y qu·• si el
título fuese hábil con rdtlcion á los arrendamientos qne ante·
riormente se pagn ban por el ('jcoutado, la ejecucion debería
llevarse adelante basta hacerse trance y rt>mate de los bienes
embargados; que debe por lo tunto declararse la inh1&bilidad
absoluta del título para el cobro ~j ecotivo de cantidad alguna,
pues so aceion es simplemente la de d.1iios y perjuicios, sin que
total ni par,;ialmonte proceda )¡¡ accion de locacion para el
pago de la merced anteriormente convenida.
Por estas consideraciones y fundamentos do la sentencil\
apelada en lo plrlincnte, se confirmn ésta simplemente en cuanto
deoltUt\ no haber lugar á la ejecuoion, y manda lemntar el
embargo, declarándose ser á cargo del ejecutante las costas del
juicio ejecutivo, con arreglo nl artículo doscientos setenta 1
siete de la ley de Procedimientos.
M. D. PIZ.U.RO.