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I'ALLOI DE LA IUnDA CORTE

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 26 ID: fallos_26_56

Judges

Costa

Ruling Text

60 I'ALLOI DE LA IUnDA CORTE "'ldi, el principio de derecho: •Nadie puede volver contra sos propioa hechou. • Por estas razones declaro: que lu tínico que la Direccion de loe trabajos de prolongacion debe á D. Luis Cataldi, es el va.lor de novecientos cuarenta, y la fraccion enunciada de metros cú- bicus de terrapJen, avaluados al tipo de los que le pagó la Di- receion en las épocas ya designadas; y mando que se los pague en el térmiuo de diez dias. Así lo pronuncio definitivamente en mi despacho y ordeno se notifique con el otiginal y se repongan los sellos. llentf¡IIO rallejo. Falle .. la •••re•• C:erte Buenos Aires. Setiembre 25 de 1883. Vidtos; por sus fundamentos, se confirma. con costas, la sen- tencia apelada de foja cuarenta y ocho. Repuestos los sellos, devuélvanse. l. B. GOROSTLIGA.- l. DOIIII'GVEZ.- UUDISLAO fRIAS. - S. 11. LASPIVI. 11 D. PlZZARRO • ...... "'" .......