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PALLOI DI U

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 26 ID: fallos_26_60

Judges

Costa

Keywords / Subjects

CONTRATO NULIDAD

Ruling Text

PALLOI DI U lt!PIIIIA C:OITS Corte por demanda de ncioos de otra, 6 de ciudadanos 6 atíbdi- toe eltraageros, ha sido precisataeote por sus actos de gobierno 6 administracioo en violacion de derechos particulares ; Por estos fundamentos, se declaran improcedentes los recur- sos interpuestos; con costas-Notifíquese con el •)rigioal, J. B. GOROSTIAGA. - J. DOilmGUU. - ULAOISUO FRW. -S. M. LASPIUR.- • · o. Pll.llll\0 (en disidencia). DISIDI~CIA Visto, el recurso e de opcl:acion, nulidad, rescision, revision, 6 cual mejor hubiese lugar en derecho•, interpuesto por el repre- sentante del Gobierno de Santa 1-,é contra la sentencia de esta Suprema Corte, eu el juicio de posesion entablada contra aquella Provincia por el doctor don Francisco Ayerza, á nombre de Jos seuores Gcrónitoo y Fmncisco ltutino, con ocasion del deslinde administrativo de la tierra pública denunciada á los efectos de la ley provincial y del contrato en virtud de ella cell!brado para la construceion del f~rro-carril ·Oeste Saotafesino•. Resulta:- Que por aquella srntencia •se declara á tus de- mandantes en posesion del campo que reclaman, se les ampara en ellll y se prohibe al Gobierno de Santa Pé perturbarla en ninguna manera» ; Que esta resolucion se funda en que •los demandantes han jtUiificado los dos estnmos de la Ley sosteJliemlo en cuauto á la potuion actual, tener fundado en el campo de que se trata un establecimiento con dos casas de material. ó poblaciones, y mas de tres mil animales vacunos; y en cuanto á la perturbacion de 14 poauion, acusando la mensura y amojonamiento dentro de