El pueblo eonsider¡1do como po;Jer soberano, tieue sobre so ter-
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 26
ID: fallos_26_74
Voces / Materias
COMPETENCIA
DOMINIO
Texto del Fallo
78
de cada pueblo sobre so territorio, no turbarla ni imponerle
obst4eolo alguno. La nueion considerarla en su conjunto, tiene
respecto á las otras naciones, los derechos de un propietario.-
El pueblo eonsider¡1do como po;Jer soberano, tieue sobre so ter-
ritorio una :!ceion aún mas ulta, el ejercicio de un derecho de
imperio, de legislacion, de jurisdiccion, de mando, de ~uhn inis
tr:adon, en una palabra, de soberanía, en tolla la estensiou del
territorio.-Se puede decir, asi, que el dominio internacional es
el derecho que pertenece á una nacion de usar, de percibir sus
productos, de disponer de su territorio con exclusion de las otras
oaciom•s, de mandar en él con poder soberano, independiente
de todo poder esterior ; dNecbo que crea para los otros Esta·
dos la obligacion correlativa de no poner obstácolQ al empleo
que baga la nacion propietaria, de su territorio y de no abrogarse
ningun derecho de mando sobre este mismo territorio•• (Nota
antts citada).
Es este dominio el que la sentencia de Yista atribuye ' los
demandantes, cuando establece que la Provincia de Santa Fé es
judiciable por actos do jurisllicciQn, de mando, de autoridad,
de soberanía en el terreno de los demandantes, declárando que
estos son actos contra el dercclto ageno pues incorpora a~JJ, al
dominio ci,·il de lo· dt>mandnntcs, el dominio internacional, ó
mejor dicho, interprovincial d.e la til•rra, para admitirlos ' una
cuestion de competencia juritHliccioll.al, á una cucstion <le
limites interprovinciales, prohibiendo al Gobierno de Santa Fé
perturbar este derecho, en uiugtma manera, por actos de admi-
nistracion ó gobierno en el campo que reclaman y de que se les
tleclara en posesion.
I.os demandantes quedan así constituidos en personas de
derecho público, capaces de eut rar en contt>stacionl.'s de este
6rden con la autoridad ó Gobierno político de la Provincia fle
Santa Fé á quien se le prohiben tales actos de soberanía sobre
~1 territorio que aquellos reclaman como propio.